C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20231207-22)
Convenio –  Adenda de 23 de noviembre de 2023, al convenio entre el Canal de Isabel II y la Comunidad de Madrid para la cesión del derecho de uso de los Teatros del Canal
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B.O.C.M. Núm. 291

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE DICIEMBRE DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
CANAL DE ISABEL II
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ADENDA de 23 de noviembre de 2023, al convenio entre el Canal de Isabel II y la
Comunidad de Madrid para la cesión del derecho de uso de los Teatros del Canal.
REUNIDOS

De una parte, D. Mariano de Paco Serrano, Consejero de Cultura, Turismo y Deporte de
la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, en virtud
del nombramiento efectuado por Decreto 47/2023, de 23 de junio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 1 del Decreto 229/2021, de13 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en relación con el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías
de la Comunidad de Madrid, y con el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid,
en ejercicio de las funciones conferidas en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid”.
De otra parte, D. José Luis Fernández-Quejo del Pozo en nombre y representación del
Ente Público Canal de Isabel II, Entidad de Derecho Público perteneciente a la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, en su condición de Gerente de dicha empresa pública, en virtud de Acuerdo del Consejo de Administración de fecha 24 de julio de 2023,
por el que se le nombra Gerente del Ente Público Canal de Isabel II de conformidad con lo
establecido en el artículo 2.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II y en virtud de las facultades
que tiene conferidas por delegación de fecha 7 de septiembre de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de septiembre de 2018) de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.1.c) y 5.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II.

I. Que, con fecha 29 de octubre de 2008, se suscribió un Convenio entre la empresa
pública Canal de Isabel II, propietaria de los Teatros del Canal, y la Comunidad de Madrid,
por el que se regula la cesión de uso de dicho inmueble, así como su contenido y mobiliario, a la entonces denominada Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad de
Madrid, por un plazo de cinco años, a contar desde el 1 de enero de 2009.
II. Que, durante el período transcurrido desde esa fecha, los Teatros del Canal han
sido destinados a la celebración de representaciones líricas, musicales, coreográficas y otras
de naturaleza análoga, promovidas por esta Consejería, en cumplimiento de sus fines, en
colaboración con otras entidades, públicas y privadas, de conformidad con lo establecido
en el convenio referido.
III. Que la estipulación segunda de dicho convenio establece que la mencionada cesión se otorga por un plazo de cinco años a contar desde el 1 de enero de 2009, pudiendo
autorizarse, a petición de la Consejería, una prórroga de duración bianual.
IV. Que, de conformidad con la cláusula séptima del Convenio de cesión de uso de
los Teatros del Canal, mediante Orden de 11 de noviembre de 2008, de la Consejería de
Economía y Hacienda, se acepta la cesión gratuita del derecho de uso de los Teatros del Canal por un plazo de cinco años, prorrogables por períodos bianuales hasta un máximo de
treinta años.
V. Que, con fecha 28 de junio de 2013, se efectuó la primera prórroga del Convenio
de cesión de uso de los Teatros del Canal, ya que el 31 de diciembre de esa anualidad se
produjo la caducidad del plazo inicial de cinco años previsto en el convenio original.

BOCM-20231207-22

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