Pozuelo del Rey (BOCM-20231205-73)
Régimen económico. Calendario fiscal
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 289

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE DICIEMBRE DE 2023

Pág. 231

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73

POZUELO DEL REY

A los efectos de notificación colectiva y de conformidad con los artículos 102 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre; 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 24 del Real Decreto 939/2005,
de 29 de julio, se hace público que el Pleno en sesión de 17 de noviembre de 2023, ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar el calendario fiscal del Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2024
contenida en el anexo:
“Se aprueba el calendario fiscal 2024 del municipio correspondiente al ejercicio 2024
(que estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[ http://pozuelodelrey.sedelectronica.es ]), en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación aprobado por el Real Decreto 939/2005,
de 29 de julio, en los términos que se exponen a continuación:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, he resuelto que en los
períodos que a continuación se citan, se lleve a cabo la recaudación de los recibos correspondientes a los siguientes impuestos o tasas:
Del 18 de abril al 20 de junio de 2024 ambos inclusive:
— Entrada de vehículos a través de las aceras (vados) 2024.
— Impuesto de vehículos de tracción mecánica 2024.
Del 15 de julio al 30 de septiembre de 2024 ambos inclusive:
— Impuesto bienes inmuebles de naturaleza urbana 2024.
— Impuesto bienes inmuebles de naturaleza rústica 2024.
— Impuesto de actividades económicas 2024.
Del 16 de diciembre 2024 al 17 de febrero de 2025 ambos inclusive:
— Tasa de recogida de basura de 2024.
Los contribuyentes afectados por los mismos podrán realizar los pagos de la deudas
tributarias, previa presentación de aviso de cobro que recibirán en su domicilio, o que habrán de solicitar en el Ayuntamiento o en la Oficina Auxiliar de Recaudación caso de no recibirlo, en los siguientes lugares y horarios:
1. En el Ayuntamiento de Pozuelo del Rey de 10:00 a 13,30 horas, los días fijados
en los edictos de cobranza expuestos en el Ayuntamiento y en el propio municipio.
2. En la Oficina Auxiliar del Servicio de Colaboración con la Recaudación Municipal, calle Téllez, número 18, 28007 Madrid, de lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas. Teléfono: 915 016 10.0
3. En cualquier oficina de BBVA, siendo imprescindible en este caso la presentación
del documento o aviso de cobro que previamente habrá recibido en su domicilio.
Se recuerda a todos los contribuyentes que pueden domiciliar el pago de todos los tributos e impuestos municipales utilizando los resguardos que se le remitirán a su domicilio
junto con los aviso de cobro de los mismos, o bien utilizando los impresos que se le facilitarán en el Ayuntamiento de Pozuelo del Rey o en la Oficina Auxiliar de Colaboración con
la Recaudación Municipal, calle Téllez, número 18, 28007 Madrid. Se advierte a los contribuyentes y demás obligados al pago que, transcurrido el plazo para el ingreso de las deudas, serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio e
intereses de demora que legalmente procedan, además de las costas que se produzcan. Lo
que en cumplimiento del referido artículo del Reglamento General de Recaudación se notifica colectivamente a los sujetos obligados al pago”.

BOCM-20231205-73

RÉGIMEN ECONÓMICO