Alcorcón (BOCM-20231205-56)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MARTES 5 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 289

A las personas titulares de estas plazas les corresponderán las funciones establecidas
en el artículo 53 de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en el artículo 11 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de las Policías Locales de la
Comunidad de Madrid y en el artículo 12 del Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las
Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
1.4. Reserva de plazas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid y en el artículo 25
del Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de
Madrid, se reserva 1 de las plazas convocadas para el acceso libre de militares profesionales de tropa y marinería con más de 5 años de servicio que cumplan los requisitos para el
ingreso en la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal. Las plazas reservadas
no cubiertas se acumularán al resto de las convocadas.
1.5. Régimen de incompatibilidades.
Las personas aspirantes que resulten nombradas para estas plazas quedarán sometidas,
desde el momento de su toma de posesión, al régimen de incompatibilidades vigente y no
podrán simultanear el desempeño de aquéllas con el de cualesquier otra plaza, cargo o empleo remunerado, con fondos del propio Ayuntamiento de Alcorcón, del Estado, de las Comunidades Autónomas, de Entidades o Corporaciones Locales, de empresas que tengan carácter oficial o relación con dichos organismos, aunque los sueldos tengan carácter de
gratificación o emolumentos de cualquier clase.
2. Requisitos de las y los aspirantes
2.1. Requisitos generales.
Para la admisión a la realización de las pruebas selectivas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española.
b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad.
c) Estar en posesión de las titulaciones académicas de Bachiller, Técnico o equivalente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de
la correspondiente convalidación o credencial que acredite la homologación.
d) No haber sido separada o separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
e) Carecer de antecedentes penales.
f) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente.
g) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente
las correspondientes funciones.
h) Compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley mediante declaración jurada o promesa.
i) No haber sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Este requisito será acreditado mediante certificación del Registro Central de delincuentes sexuales previsto en dicha ley orgánica.
2.2. Plazo de cumplimiento de requisitos.
Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta la toma de posesión como funcionaria o funcionario de carrera. Deberán acreditarse con anterioridad a su nombramiento como funcionarias o funcionarios en prácticas, salvo
el requisito de poseer el permiso de conducir de la clase B, que podrá acreditarse por las
personas aspirantes antes de la finalización del curso selectivo de formación.
No obstante, en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal podrá requerir a las
personas aspirantes la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocato-

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