D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231205-48)
Convenio –  Convenio de 23 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) y la Fundación Contemporánea, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 55.000 euros, destinados al XXVI Festival Internacional de Fotografía y Artes Visuales, PhotoEspaña, edición 2023
7 páginas totales
Página
Pág. 158

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 289

Cultura, Turismo y Deporte, la promoción, difusión y organización de todo tipo de actividades relacionadas con las artes en su ámbito territorial.
En la realización de esta tarea, destaca como uno de los objetivos de la Política Cultural de esta Dirección General, la concesión de subvenciones nominativas a importantes entidades en materia de museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa,
únicas en su campo de actividad y que alcanzan niveles de excelencia en su actividad.
IV. Que la Fundación Contemporánea, constituida el día 22 de diciembre de 2008, elevada a público mediante escritura otorgada el mismo día ante el Notario del Ilustre Colegio
de Madrid, D. José María de Prada Guaita, bajo el número 4.578 de su protocolo, siendo inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura el día 4 de febrero de 2009, con
el número 857.
V. Que, según el artículo 7 de sus estatutos, la Fundación Contemporánea tiene, entre otros, los siguientes fines:
a) Promover la creación contemporánea, apoyando la actuación libre, rigurosa y profunda de todos cuantos participan en la cultural de nuestro tiempo.
b) Apoyar a los creadores de los diferentes campos de la cultura, poniendo especial
énfasis en impulsar y dar a conocer el trabajo de los nuevos talentos y en crear líneas de trabajo transversales entre los diferentes campos de creación.
c) Establecer relaciones entre los creadores españoles e internacionales, que sirvan
para enriquecer su mutuo trabajo y mejorar su conocimiento.
d) Difundir la nueva cultura, facilitando el acceso público, por parte de los ciudadanos, a uno de los grandes bienes colectivos de nuestro tiempo, ganando nuevos públicos para la cultura.
e) Crear los canales de comunicación adecuados para que los nuevos creadores y los
nuevos públicos se encuentren.
f) Establecer acuerdos de colaboración con administraciones, instituciones, fundaciones, obras sociales, centros de actividad cultural y empresas, promoviendo una
filosofía colectiva de responsabilidad y compromiso con nuestro tiempo.
VI. Que la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2022, previó en el subconcepto 48151 del programa 333A,
cuyo responsable es el titular de la Dirección General de Promoción Cultural, una subvención nominativa por importe de cincuenta y cinco mil euros (55.000 euros) con destino a la
Fundación Contemporánea.
VII. Que la Intervención General de la Comunidad de Madrid, en consonancia con
la Circular 1/2019, de 27 de marzo, de la Intervención General del Estado, sobre los efectos de la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado aprobados para un ejercicio en
relación a los créditos integrados en esta última relativos a las subvenciones nominativas, con
la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y con la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, considera que el crédito que
figura en los estados de gastos del presupuesto prorrogado relativo a las subvenciones nominativas no habilita para la concesión directa de la misma en el presente ejercicio presupuestario.
En este contexto, el artículo 3.1.c) del Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, establece que,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.2 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, no
se prorrogan créditos para gastos destinados a programas y actuaciones que hayan finalizado a 31 de diciembre de 2022. En este sentido, los créditos que amparan subvenciones nominativas no mantendrán tal condición.
VIII. Que la Orden 1902/2022, de 19 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección
General de Promoción Cultural para 2023, en el apartado destinado a las líneas de subvenciones en materia de museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa,
en el subapartado destinado a las consignaciones presupuestarias de carácter nominativo, recoge dicha ayuda para la realización de acciones relacionadas con la actividad museística.
IX. Que, de acuerdo con el artículo 4.5.c).3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad de Madrid, podrán concederse de forma directa y no será
necesario el requisito de publicidad y concurrencia cuando, con carácter excepcional, se
acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario u otras debidamente
justificadas que dificulten la convocatoria pública. Pudiendo autorizar el Consejo de Gobierno, la celebración de convenios con los beneficiaros de las subvenciones, cuando éstos
se encuentren singularizados en el momento de su autorización.
X. Que, de conformidad con el artículo 4.6, de Ley 2/1995, de 8 de marzo, el Consejero de Cultura, Turismo y Deporte con fecha 6 de noviembre de 2023, emitió el precep-

BOCM-20231205-48

BOCM