Parla (BOCM-20231204-113)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 288
LUNES 4 DE DICIEMBRE DE 2023
Pág. 305
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
113
PARLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
De conformidad con el ordenamiento vigente, y según decreto 6931, de 20 de noviembre de 2023, emitido por don Andrés Correa Barbado, concejal-delegado del Área de Nuevas Tecnologías, Recursos Humanos, Economía y Hacienda, se resuelve:
Primero.—Aprobar la adaptación del calendario fiscal para el ejercicio 2024 regulado
en la Ordenanza Fiscal, General de Gestión, Recaudación e Inspección del Ayuntamiento
de Parla a las siguientes fechas. El cargo en las cuentas bancarias de los recibos domiciliados se efectuará el día 5 del mes siguiente al inicio del periodo de cobro.
PADRÓN
PERIODO VOLUNTARIO DE PAGO
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
Desde el día 1 de marzo al 30 de abril
Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Desde el día 1 de junio hasta el 31 de julio
Impuesto sobre Actividades Económicas
Desde el día 1 de octubre al día 2 de diciembre
Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local en su
epígrafe B) Paso de vehículos y C) Reserva de la vía pública para carga y descarga
Desde el día 1 de octubre al día 2 de diciembre
Tasa Cajeros Automáticos
Desde el día 1 de febrero al 1 de abril
Segundo.—Aprobar el siguiente calendario de exposición al público para el ejercicio 2024 de los padrones y matrículas, indicando las fechas en las que podrán ser consultados por los contribuyentes:
PERIODO DE EXPOSICIÓN AL PÚBLICO
Del día 1 al 29 de febrero de 2024
Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Del 1 al 31 de mayo de 2024
Impuesto sobre Actividades Económicas
Del 1 al 30 de septiembre de 2024
Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local en su
epígrafe B) Paso de vehículos y C) Reserva de la vía pública para carga y descarga
Del 1 al 30 de septiembre de 2024
Tasa Cajeros Automáticos
Del 1 al 31 de enero de 2024
Tercero.—Ordenar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID del calendario fiscal para el ejercicio 2024, señalando que el cargo bancario de los
recibos domiciliados se efectuará el día 5 del mes siguiente al de inicio de período voluntario de cobro, y del calendario de exposición al público para el ejercicio 2024 de los padrones y/o matrículas para su consulta y examen, señalando todos los elementos establecidos en el Reglamento General de Recaudación.
Así lo manda y firma el concejal en la fecha de firma del secretario general.
Contra la presente resolución que no agota la vía administrativa, se podrá interponer,
en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la misma,
recurso de reposición previo a la reclamación económico-administrativa ante el órgano municipal que ha dictado el acto administrativo impugnado, según lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; o bien, reclamación económico-administrativa ante el
jurado económico-administrativo del Ayuntamiento de Parla, según lo establecido en el artículo 226 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria.
Parla, a 21 de noviembre de 2023.—El concejal del Área de Nuevas Tecnologías, Recursos Humanos y Economía, Andrés Correa Barbado.
(01/19.495/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20231204-113
PADRÓN
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
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LUNES 4 DE DICIEMBRE DE 2023
Pág. 305
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
113
PARLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
De conformidad con el ordenamiento vigente, y según decreto 6931, de 20 de noviembre de 2023, emitido por don Andrés Correa Barbado, concejal-delegado del Área de Nuevas Tecnologías, Recursos Humanos, Economía y Hacienda, se resuelve:
Primero.—Aprobar la adaptación del calendario fiscal para el ejercicio 2024 regulado
en la Ordenanza Fiscal, General de Gestión, Recaudación e Inspección del Ayuntamiento
de Parla a las siguientes fechas. El cargo en las cuentas bancarias de los recibos domiciliados se efectuará el día 5 del mes siguiente al inicio del periodo de cobro.
PADRÓN
PERIODO VOLUNTARIO DE PAGO
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
Desde el día 1 de marzo al 30 de abril
Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Desde el día 1 de junio hasta el 31 de julio
Impuesto sobre Actividades Económicas
Desde el día 1 de octubre al día 2 de diciembre
Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local en su
epígrafe B) Paso de vehículos y C) Reserva de la vía pública para carga y descarga
Desde el día 1 de octubre al día 2 de diciembre
Tasa Cajeros Automáticos
Desde el día 1 de febrero al 1 de abril
Segundo.—Aprobar el siguiente calendario de exposición al público para el ejercicio 2024 de los padrones y matrículas, indicando las fechas en las que podrán ser consultados por los contribuyentes:
PERIODO DE EXPOSICIÓN AL PÚBLICO
Del día 1 al 29 de febrero de 2024
Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Del 1 al 31 de mayo de 2024
Impuesto sobre Actividades Económicas
Del 1 al 30 de septiembre de 2024
Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local en su
epígrafe B) Paso de vehículos y C) Reserva de la vía pública para carga y descarga
Del 1 al 30 de septiembre de 2024
Tasa Cajeros Automáticos
Del 1 al 31 de enero de 2024
Tercero.—Ordenar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID del calendario fiscal para el ejercicio 2024, señalando que el cargo bancario de los
recibos domiciliados se efectuará el día 5 del mes siguiente al de inicio de período voluntario de cobro, y del calendario de exposición al público para el ejercicio 2024 de los padrones y/o matrículas para su consulta y examen, señalando todos los elementos establecidos en el Reglamento General de Recaudación.
Así lo manda y firma el concejal en la fecha de firma del secretario general.
Contra la presente resolución que no agota la vía administrativa, se podrá interponer,
en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la misma,
recurso de reposición previo a la reclamación económico-administrativa ante el órgano municipal que ha dictado el acto administrativo impugnado, según lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; o bien, reclamación económico-administrativa ante el
jurado económico-administrativo del Ayuntamiento de Parla, según lo establecido en el artículo 226 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria.
Parla, a 21 de noviembre de 2023.—El concejal del Área de Nuevas Tecnologías, Recursos Humanos y Economía, Andrés Correa Barbado.
(01/19.495/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica