D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231202-1)
Convenio –  Convenio de 17 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad Autónoma de Madrid, para la concesión directa de una subvención de 1.001.250 euros, destinada a la financiación de inversiones e infraestructuras en el ejercicio 2023
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 2 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 287

Séptima
Forma de pago de la subvención
El pago de la subvención se realizará una vez suscrito el convenio mediante un único
libramiento de fondos a realizar en el ejercicio 2023, sin necesidad de presentación de aval
o garantía alguna, según lo establecido en el informe de la Dirección General de Política Financiera y Tesorería de 16 de junio de 2023.
Octava
La Universidad Autónoma de Madrid remitirá, como máximo a fecha 15 de febrero
de 2024, la justificación de la aplicación de los fondos percibidos a la Dirección General de
Universidades, a través de la Intervención de la Universidad u órgano de control equivalente. La Universidad Autónoma de Madrid presentará la justificación de la ejecución de la ayuda percibida, debiendo quedar justificada la totalidad de las actuaciones realizadas en 2023.
Para la presentación por vía telemática, será necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica que sean operativos en
la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza
de prestadores de servicios de certificación” establecidos en España.
La documentación se enviará a través del Registro Telemático, a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades (D. G. de Universidades).
La documentación en formato digital deberá reunir los siguientes requisitos:
— Proceder del documento original y contar con la suficiente calidad que permita su
correcta visualización.
— El formato de los ficheros de documentación, así como su tamaño máximo deberá
ajustarse a lo establecido, a estos efectos, en la página web institucional de la Comunidad de Madrid https://www.comunidad.madrid/
— La universidad deberá conservar los documentos originales, pudiendo ser requeridos por el órgano instructor.
La documentación justificativa del gasto y pago estará formada por:
1. Certificado de gastos que contendrá una relación de facturas, en la que deberá hacerse constar: El número de factura, nombre y NIF del proveedor, fecha de la factura, el objeto (descripción clara del gasto), campus, edificio, importe de la factura, base imponible,
IVA total, IVA prorrateado, total imputado (el IVA solo será subvencionable cuando el beneficiario lo abone efectivamente y no sea susceptible de compensación o de recuperación).
Dicho certificado presentado telemáticamente, se deberá enviar, asimismo, en soporte informático (programa Excel). Los archivos que se presenten y que contengan las facturas y
sus justificantes de pago, deberán estar identificados de acuerdo con el número de orden
que figure en el listado de relación de facturas.
2. Certificado acreditativo sobre el tratamiento del IVA correspondiente al ejercicio:
Para poder realizar el análisis y admisión de los gastos es preciso conocer si el beneficiario
de la ayuda soporta el IVA en los gastos o bien este impuesto ha sido, en todo o en parte,
objeto de recuperación o compensación. Por ello, se solicita el envío de un certificado acreditativo sobre el tratamiento del IVA correspondiente al ejercicio.
3. Certificado expedido por el órgano competente de la universidad en el que se debe
dejar constancia de que las facturas que se presentan han sido utilizadas para justificar la
cantidad recibida en concepto de transferencias de capital de carácter nominativo, anualidad 2023 y si el importe se imputa total o parcialmente a dichas transferencias.
4. Certificaciones de la obra.
5. Certificado expedido por el órgano competente de la universidad, con manifestación expresa de que se han seguido todos los trámites previstos en la normativa vigente, tanto en materia de contratación como en cualquier otra que pudiera resultar de aplicación.
6. Justificantes de pago: La justificación del pago se realizará mediante extractos
bancarios o documentos equivalentes que acrediten el pago efectivo, en los que figure el detalle de los distintos pagos efectuados. Si un mismo pago afectara a varias facturas, deberá
facilitarse el detalle de las mismas. En cualquier caso, junto a la última justificación de los
gastos, y si no se hubieran presentado con anterioridad, se aportarán los justificantes acreditativos de los pagos realizados, que servirán de base a la liquidación final.
7. Memoria descriptiva de las obras y reformas realizadas.

BOCM-20231202-1

Plazo y forma de justificación