C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231201-16)
Concesión ayudas –  Orden 4647/2023, de 22 de noviembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación de 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 286

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE DICIEMBRE DE 2023

Pág. 81

La Comunidad de Madrid aportará para la financiación de cada contrato 110.630,38 euros,
con la distribución anual reflejada en la siguiente tabla, destinados a financiar los gastos indicados en el apartado 1 del dispongo decimosexto de la Orden 3789/2022, de 9 de diciembre:
CONTRATO

ESTANCIA EN
EL EXTRANJERO

Año 1

25.082,19 €

3.000 €

Año 2

25.082,19 €

3.000 €

Año 3

26.873,78 €

0€

Año 4

33.592,22 €

0€

El pago de la subvención se transferirá por anualidades completas al organismo adjudicatario de la ayuda, con carácter previo a la justificación y sin necesidad de constituir garantía, de acuerdo con lo previsto el artículo 16.1.c) de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica de la Comunidad de
Madrid. En todo caso, los pagos requerirán la acreditación de encontrarse al corriente en
sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, con la Comunidad de Madrid, así
como en el pago de obligaciones por reintegro.
Segundo
Conceder un plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación
de esta orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para formalizar los
contratos que deberán enviarse a la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica a través del Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid o en los demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común dirigiendo las solicitudes, escritos y
comunicaciones a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
En el contrato debe figurar la fecha de incorporación al centro de trabajo, que se encontrará dentro de los cuatro meses a contar desde el día siguiente al de publicación de la
resolución de concesión.
La fecha de incorporación que figure en el contrato de trabajo es la fecha de inicio y
ejecución de la ayuda. La incorporación a su centro de trabajo deberá producirse el primer
día del mes que corresponda, dentro del plazo de 4 meses establecido en el párrafo anterior.
Tercero
Declarar el desistimiento expreso de la solicitud presentada por la Universidad Complutense de Madrid en el expediente PIPF-2022/SAL-GL-25159.
Cuarto
Establecer la lista de reserva definitiva de las solicitudes desestimadas ordenada por
puntuación que figura en el anexo II, para que en virtud de lo establecido en el apartado 9
el dispongo undécimo de la Orden 3789/2022, de 9 de diciembre, la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, pueda acordar una nueva concesión al solicitante o solicitantes incluidos en dicha lista sin necesidad de realizar una convocatoria.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes desde el día
siguiente al de la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente el recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.
Madrid, a 22 de noviembre de 2023.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO

BOCM-20231201-16

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