B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20231130-2)
Puesto libre designación –  Orden de 22 de noviembre de 2023, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de dos puestos de trabajo de carrera de naturaleza laboral, denominados “Conductor Alto Cargo”, de Libre Designación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 285

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE NOVIEMBRE DE 2023

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2. Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer
de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
3. Junto con la solicitud los aspirantes deberán aportar la documentación que acredite el perfil profesional y en todo caso:
— Certificado de cumplimiento de requisitos mínimos, se cumplimentarán en el modelo normalizado que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, en la dirección: sede.comunidad.madrid., que deberá ir firmado
por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General de Personal
o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste
servicios.
— Servicios prestados en la Comunidad de Madrid u otras Administraciones Públicas: certificado original acreditativo de los períodos trabajados, funciones así
como de la categoría profesional en la que han sido prestados aquellos, que deberá ir firmado por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General
de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el
que haya prestado servicios, si se trata de experiencia adquirida en la Comunidad
de Madrid, así como por el órgano que tenga asumidas las competencias correspondientes cuando se trate de otras Administraciones Públicas.
— Certificado original de funciones desempeñadas en la categoría profesional en la
que se preste o se haya prestado servicios, con indicación de las funciones desempeñadas y períodos trabajados, expedido por el titular de la Secretaría General
Técnica, Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste o haya prestado servicios.
4. Conforme a lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución.
5. A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la “Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales” y
artículo 5 del “Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de
abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE” (Reglamento General de Protección de Datos), los datos contenidos en la
solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a este proceso.
Base quinta
Sistema de provisión
El sistema de provisión del puesto será el de Libre Designación, de forma que el titular
de la Consejería, u Órgano en el que haya delegado, seleccionará libre y discrecionalmente
al candidato de entre los que reúna los requisitos y el perfil establecidos en el anexo I de las
bases de esta convocatoria.
Base sexta
1. Los puestos convocados se adjudicarán a los candidatos que reuniendo los requisitos establecidos en el anexo I, sean seleccionados libre y discrecionalmente por el titular
de la Consejería u Órgano en el que hubiese delegado la competencia.
2. Mediante Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local,
se procederá a la adjudicación del puesto, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
3. El destino obtenido será definitivo e irrenunciable, salvo que el candidato seleccionado obtenga otro puesto de carrera convocado con anterioridad a la adjudicación de este.

BOCM-20231130-2

Adjudicación del puesto