B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231130-4)
Nombramiento –  Orden de 21 de noviembre de 2023, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se nombran Presidente y Secretario de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid y se designan sus suplentes
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 285

teria de consumo fomentar y desarrollar, en colaboración con la Administración del Estado, el Sistema Arbitral de Consumo.
El artículo 40.1 del Decreto 1/2010, de 14 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que
se aprueba el Reglamento de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, dispone que “La Junta Arbitral Regional de Consumo,
adscrita a la Consejería con competencia en materia de ordenación del consumo y defensa
de los consumidores, es el órgano al que se le atribuyen las funciones de gestión y desarrollo del sistema arbitral de consumo en el ámbito de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo preceptuado en la normativa estatal de aplicación”.
Mediante Decreto 246/2001, de 18 de octubre, se creó el Instituto Regional de Arbitraje de Consumo, como órgano de gestión sin personalidad jurídica en los términos dispuestos en el Título II de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración
Institucional de la Comunidad de Madrid. Corresponde al Instituto Regional de Arbitraje
de Consumo el desarrollo de las competencias que se atribuyen a la Comunidad de Madrid
en materia de arbitraje de consumo, a través del apoyo y tutela de la Junta Arbitral Regional de Consumo, así como el fomento de su actividad. El Instituto Regional de Arbitraje de
Consumo se encuentra adscrito a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional primera, apartado a), del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
III
El artículo 7.1 del Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, dispone que “Las Juntas Arbitrales de Consumo estarán integradas por su presidente y el secretario, cargos que
deberán recaer en personal al servicio de las Administraciones públicas, y por el personal de apoyo adscrito a dicho órgano. El presidente y el secretario de la Junta Arbitral de
Consumo serán designados por la Administración de la que dependa la Junta, publicándose su nombramiento en el diario oficial que corresponda al ámbito territorial de la Junta Arbitral de Consumo”.
El Decreto 1/2010, de 14 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, en su artículo 40.2 atribuye al titular de la Consejería con competencia
en materia de ordenación del consumo y defensa de los consumidores, el nombramiento del
Presidente y del Secretario de la Junta Arbitral Regional de Consumo de la Comunidad de
Madrid y de los Presidentes de los Colegios Arbitrales.
Por su parte, el artículo 13.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, dispone que los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad, así como en los
casos en que haya sido declarada su abstención o recusación.
La presente Orden tiene por objeto el nombramiento del Presidente y del Secretario de
la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid, así como la designación de sus
suplentes.
En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en la referida normativa y en uso de las atribuciones previstas en el artículo 41.l) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno
y Administración de la Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero

1. Nombrar Presidente de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid
a don Miguel Ángel Díaz Laglera.
2. Designar suplentes del Presidente de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid, en los supuestos previstos en el artículo 13.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por orden de prelación a:
a) Doña María Pilar Prieto Martín.
b) Don Rodolfo Nicolás Gómez Gómez.

BOCM-20231130-4

Presidente de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid