A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20231130-1)
Estructura orgánica –  Decreto 261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 285

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA
Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid, Digitaliza Madrid
1. El Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid, Digitaliza Madrid,
es un órgano colegiado consultivo, asesor, de colaboración y de coordinación interadministrativa, adscrito a la Consejería de Digitalización, a través de la Viceconsejería de Digitalización.
2. El Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid, ejerce las funciones
atribuidas por el Decreto 83/2020, de 30 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se crea el Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid, Digitaliza Madrid, y
su Consejo Asesor de Transformación Digital.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA
Administración institucional adscrita
La administración institucional adscrita a la Consejería de Digitalización está constituida por el Ente público Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de
Madrid, Madrid Digital, y por cualquier otro ente que en virtud de su norma de creación se
adscriba a la misma.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA
Tratamiento de datos personales
Los diferentes centros directivos de la consejería son responsables del tratamiento de los
datos personales en su respectivo ámbito de actividad, y les corresponde la gestión, coordinación y dirección del tratamiento de los datos, así como la determinación de los fines y medios
para garantizar el cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos.
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA
Delegación de competencias
1. Las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos órganos afectados
por este decreto continuarán vigentes hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas.
2. Cuando las delegaciones de competencias que mantienen sus efectos en virtud del
apartado anterior se hubiesen efectuado en favor de órganos suprimidos, las referidas delegaciones se entenderán vigentes en favor de los órganos en cuyo ámbito de actuación se encuadre la correspondiente competencia.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Gestión y tramitación de expedientes
En tanto se proceda por la consejería competente a la adecuación de las estructuras orgánica y presupuestaria vigentes a la nueva organización administrativa resultante del decreto, la gestión y tramitación de los expedientes se realizará por los órganos competentes
según la nueva distribución de competencias, con los créditos de los actuales programas.

Derogación normativa
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a
lo dispuesto en el decreto y, expresamente, el Decreto 198/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Digitalización en lo que se refiere a las competencias que por este decreto se atribuyen a la Consejería de Digitalización.

BOCM-20231130-1

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA