Madrid (BOCM-20231130-42)
Contratación. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Anbiente y Movilidad. Convocatoria gestión ayudas Plan Cambia 360
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 285

rrencia, tal y como establece el artículo 16.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en los términos y con los requisitos previstos en su correspondiente
convocatoria.
En el presente decreto se regula y convoca dicho procedimiento de concurrencia para la
selección de la Entidad Colaboradora (anexo I) incluyendo el modelo de convenio de colaboración a suscribir entre el Ayuntamiento de Madrid y la Entidad Colaboradora (anexo II).
Conforme a lo establecido en el anexo I, apartado 3.o, punto 1.8 del Acuerdo de 29 de
junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 172, de 21 de julio de 2023) corresponde al delegado del Área la competencia de celebrar convenios con otras administraciones y entidades
públicas y privadas para el desarrollo y ejecución de las competencias del área de gobierno, entre las que se encuentra, según se recoge en el apartado 2.o, la calidad ambiental y la
sostenibilidad.
En su virtud, de conformidad con la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30
de octubre de 2013, y en el ejercicio de las competencias conferidas por el Acuerdo de 29 de
junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad,
DISPONGO

BOCM-20231130-42

Primero.—Convocar el procedimiento de concurrencia para la selección de la Entidad
Colaboradora encargada de la gestión de las ayudas del Plan Cambia 360 destinadas a la renovación de instalaciones térmicas de calefacción y climatización, que sean convocadas por
el Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad a partir del 1 de enero
de 2024, y durante la vigencia del convenio firmado entre ambas partes, que figura como
anexo I a este decreto, y de acuerdo con los términos incluidos en el modelo de convenio
que se adjunta como anexo II.
Segundo.—Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el delegado del Área de Gobierno
de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos
meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y así como por el artículo 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de
cualquier otro que estime pertinente.
Tercero.—El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su publicación en el “Boletín del
Ayuntamiento de Madrid” y en la Sede Electrónica ( https://sede.madrid.es ).
Los anexos I (Convocatoria) y II (Convenio de Colaboración), a los que se hace mención en este decreto, se publicarán íntegros en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de
Madrid” y en la web municipal ( www.madrid.es ).
Madrid, a 24 de noviembre de 2023.—El delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Francisco de Borja Carabante Muntada.
(01/19.930/23)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791