Leganés (BOCM-20231129-42)
Urbanismo. Estatutos entidad urbanística
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 284

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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LEGANÉS

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Leganés, en sesión celebrada el
día 24 de octubre de 2023, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:
Primero.—Aprobar definitivamente los Estatutos de la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación del Sector IA-5, polígono industrial “Prado Overa”, del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés, no habiéndose formulado alegación alguna en relación con el presente expediente.
Segundo.—Designar al concejal-delegado de Obras, Mantenimiento e Infraestructuras
y Patrimonio como representante municipal en el órgano rector de la Entidad Urbanística
de Conservación.
Tercero.—Proceder a la notificación individualizada del presente acuerdo a todos los
propietarios de terrenos incluidos en el ámbito del Sector IA-5, polígono industrial “Prado
Overa”, del PGOU de Leganés, haciéndoles saber que, según lo previsto en el artículo 136.2
de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y el artículo 25.3 del
Reglamento de Gestión Urbanística, la pertenencia a la entidad colaboradora de conservación será obligatoria para todos los propietarios comprendidos en dicho ámbito territorial.
Cuarto.—Requerir a los propietarios interesados para que procedan a la formalización
de la constitución de la Entidad de Conservación y designen los cargos del órgano rector,
según lo previsto en sus propios Estatutos, copia de la cual, en duplicado ejemplar, deberá
presentarse ante el Ayuntamiento de Leganés para su posterior remisión, junto a la restante documentación preceptiva, al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, dependiente de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, al objeto de la inscripción de la nueva entidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 137.2 de la Ley 9/2001,
de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y en el artículo 27.2 del Reglamento
de Gestión Urbanística.
Quinto.—Publicar el presente acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 162.4 del Reglamento de Gestión Urbanística, mediante la inserción de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de
anuncios y edictos del Ayuntamiento de Leganés y en la página web municipal.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que dicta el acuerdo, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, contados en ambos casos desde el día
siguiente a la publicación del anuncio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
Lo que se hace público de conformidad con lo establecido en la legislación urbanística
vigente.
Leganés, a 27 de octubre de 2022.—El concejal-delegado de Desarrollo Urbano, Planificación e Industria, Consumo y OMIC (Decreto de Alcaldía número 6.729, de 21 de junio de 2023), Francisco Javier Oporto Martín.
(02/18.904/23)

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