B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231129-5)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso-oposición de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 284

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE NOVIEMBRE DE 2023

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ANEXO I
BAREMO
I. Trayectoria profesional: máximo tres puntos.
1.1. Trabajo desarrollado.
1.1.1. Por cada año de experiencia docente, que supere los ocho
exigidos como requisito, como funcionario de carrera de los
cuerpos que integran la función pública docente: 0´500 puntos.
(Por cada mes/fracción de año se sumarán 0´041 puntos).
1.1.2. Por cada año de servicio en puestos de la Administración
educativa de nivel 26 o superior: 0´500 puntos.
(Por cada mes/fracción de año se sumarán 0´041 puntos).

1.2. Por pertenecer a los Cuerpos de Catedráticos: 2´000 puntos.

Hoja de Servicios expedida por la
Dirección
de
Área
Territorial
correspondiente
u
órgano
competente en materia de personal.
Credencial de nombramiento, con
diligencia de posesión y cese
expedida por la Dirección de Área
Territorial correspondiente u órgano
competente en materia de personal.
Título Administrativo o credencial o,
en su caso, el Boletín o Diario Oficial
en
el
que
aparezca
su
nombramiento.

Por este apartado se valorarán como máximo cinco años posteriores a los ocho de ejercicio profesional exigidos en la convocatoria.

II. Ejercicio como Inspector accidental: máximo tres puntos.
Por cada año de servicio en puestos de Inspector accidental:
0´750 puntos.
Por este apartado sólo serán tenidos en cuenta los años
prestados como Inspector accidental en puestos obtenidos como
resultado de su participación en los concursos de méritos
convocados para su provisión.
Por este apartado no serán susceptibles de valoración aquellos
años de servicio que se hayan valorado para ingresar o acceder
al cuerpo de la función pública de que se trate.

Certificación o informe del Servicio
de Inspección correspondiente al
último destino, según modelo.

III. Ejercicio de cargos directivos: máximo tres puntos.
3.1. Por cada año como Director de centros públicos docentes o
centros de profesores y recursos, con evaluación positiva,
cuando haya sido realizada: 0´750 puntos.

Nombramiento expedido por la
Administración
educativa
competente con diligencia de
posesión y cese o, en su caso,
certificación en la que conste que
este curso continúa en el cargo.

3.2. Por el desempeño de otros cargos directivos o de coordinación didáctica.
Nombramiento expedido por la
3.2.1. Por cada año como Jefe de Estudios, Secretario o Administración
educativa
análogos: 0´500 puntos
competente con diligencia de
posesión y cese o, en su caso,
certificación en la que conste que
en este curso continúa en el cargo.
3.2.2. Por cada año de servicio como Jefe Departamento, Nombramiento expedido por la
educativa
Coordinador de ciclo en la Educación Primaria, Asesor de Administración
Formación Permanente o figuras análogas, así como Director de competente con expresión de la
duración real del cargo o, en su
Agrupaciones de Lengua y Cultura Españolas: 0´100 puntos
caso, certificación en la que conste
que este curso continúa en el cargo.

BOCM-20231129-5

Por este apartado no serán susceptibles de valoración aquellos cargos directivos que se hayan valorado para ingresar o acceder
al cuerpo de la función pública de que se trate.