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Convenio –  Convenio de colaboración de 14 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Universidad Carlos III de Madrid, para la constitución de la “Cátedra para I + D + i sobre dinamismo territorial en la Comunidad de Madrid con el uso de datos abiertos y enlazados”
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 284

MIÉRCOLES 29 DE NOVIEMBRE DE 2023

Pág. 55

De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional sexta de la Ley 4/2021,
de 23 de diciembre, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el
año 2022, la cual ha sido prorrogada durante el año 2023 por el Decreto 137/2022; las distintas unidades de la Administración de la Comunidad de Madrid y sus organismos autónomos
deberán solicitar autorización previa para la contratación de publicidad, promoción, divulgación y anuncios en cualquier medios de difusión a la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el punto 3 del apartado octavo del
Código Ético de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid y de sus
entes adscritos, aprobado por acuerdo de 31 de octubre de 2016, del Consejo de Gobierno,
únicamente se podrá promover la edición de publicaciones en papel cuando hayan sido autorizadas expresamente por la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos.
En cualquier caso, con carácter previo a la realización de cualquier gasto en materia de
publicaciones (independientemente del formato) es necesario que se elabore una memoria
justificativa que deberá ser aprobada por el Secretario General Técnico de la Consejería correspondiente. Así pues, con carácter previo a la impresión o elaboración de cualquier material que, de acuerdo con lo establecido en el presente convenio de colaboración, incorpore el
logotipo de la Comunidad de Madrid, deberá obtenerse la correspondiente autorización, para
lo cual el beneficiario deberá aportar, a la Dirección General de Requilibrio Territorial, los
correspondientes presupuestos suficientemente desglosados por conceptos.
Decimoctava
Régimen jurídico y jurisdicción
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y se regirá por sus propias normas
y, en todo caso, por lo establecido en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En todo caso, es por su naturaleza convencional por la que se encuentra excluido del
ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 y 6.1.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en su interpretación, modificación extinción y efectos que pudieran derivarse del cumplimiento, interpretación y ejecución serán
conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, sin perjuicio de la función interpretativa de la Comisión de Seguimiento establecida en la cláusula octava del presente convenio de colaboración, de conformidad con lo establecido en el
artículo 49.f.) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Decimonovena
Ambas partes se comprometen a cumplir con la obligación de dar publicidad al convenio, de conformidad con lo establecido tanto en el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, como en
el artículo 23.1 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la
Comunidad de Madrid; todo ello sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones impuestas, a efectos de publicidad del presente convenio, en virtud de lo establecido en los artículos 13 y siguientes del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por
el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
El presente convenio utiliza un lenguaje inclusivo. Las referencias a personas, colectivos o cargos citados en el texto en género masculino deben entenderse, por economía del
lenguaje, como masculino meramente gramatical.
Y para que conste, las partes suscriben el presente convenio a un solo efecto a la fecha
de la última firma.
Madrid, a 14 de noviembre de 2023.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín.—El Rector de la Universidad Carlos III,
Ángel Arias Hernández.
(03/19.230/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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