D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM-20231129-26)
Convenio –  Convenio de 16 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112) y el Comité Autonómico de Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid, en materia de emergencias
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 284

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
AGENCIA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS MADRID 112
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CONVENIO de 16 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112) y el Comité Autonómico de Cruz
Roja Española en la Comunidad de Madrid, en materia de emergencias.
En Pozuelo de Alarcón, a 16 de noviembre.
REUNIDOS

Por la Comunidad de Madrid, D. Pedro A. Ruiz Escobar, en calidad de Director General de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, nombrado por Decreto 141/2023,
de 5 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 159, de 6 de julio, corrección de errores BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 171,
de 20 de julio), actuando por delegación de firma del Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en virtud de la disposición adicional séptima del Decreto 76/2023, de 5 de
julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las
Consejerías de la Comunidad de Madrid y del apartado noveno de la Orden de 10 de diciembre de 2021, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior por la que se delega el
ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y otras materias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones; y en el ejercicio de las competencias atribuidas
por el artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que
se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, en relación con el apartado séptimo de la disposición adicional segunda del Decreto 76/2023, de 5 de julio.
De otra parte, D. Francisco Gabriel Sánchez Parodi, en nombre y representación de
Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid, con CIF: Q-2866001G en calidad de Secretario de Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid, en adelante cruz roja, domiciliada en la calle Muguet, número 7, 28004 Madrid. Actúa en virtud del poder otorgado por
el notario de Madrid, D. Ignacio Gil-Antuñano Vizcaíno, el día 11 de julio de 2019, con el
número 3.178 de orden de protocolo.
Todas las partes se reconocen, en la representación que ostentan, con plena capacidad
jurídica para el otorgamiento del presente documento, y a tal efecto,
EXPONEN

Que la Comunidad de Madrid es competente en materia de protección civil en los términos establecidos en la Ley Orgánica 3/1983 de 25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid y a lo dispuesto en la Ley 17/2015, de 9
de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. La Comunidad de Madrid está llamada
a promover la celebración de convenios con otras Administraciones públicas, entidades de
derecho público, universidades públicas o con sujetos de derecho privado para la consecución de un fin común, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 48/2019, de 10 de junio,
del Consejo de Gobierno por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad
de Madrid.
La Ley 17/2015, de 9 de julio, en su artículo 14, determina que los Planes de Protección Civil son los instrumentos de previsión del marco órgano-funcional y de los mecanismos que permiten la movilización de los recursos humanos y materiales necesarios para la
protección de las personas y de los bienes en caso de emergencia, así como el esquema de
coordinación de las distintas Administraciones Públicas llamadas a intervenir.
El competente para el desarrollo y aprobación del plan territorial, así como de los planes especiales autonómicos es la Comunidad de Madrid. Los planes de protección civil

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