C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231127-16)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 4188/2023, de 6 de noviembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de ayudas a Ayuntamientos para la prestación del servicio de comedor a alumnos en situación socioeconómica desfavorecida en colegios públicos durante los períodos no lectivos de Navidad, Semana Santa y verano del curso escolar 2023-2024 y se establece el plazo de presentación de solicitudes
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 64

LUNES 27 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 282

Tercero
Normas reguladoras
Acuerdo de 5 de diciembre de 2016, del Consejo de Gobierno, modificado por Acuerdo de 18 de diciembre de 2018 y por Acuerdo de 1 de diciembre de 2021, se aprobaron las
normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas a Ayuntamientos para
la prestación del servicio de comedor a alumnos en situación socioeconómica desfavorecida
en colegios públicos durante los períodos no lectivos de Navidad, Semana Santa y verano.
Cuarto
Procedimiento de concesión
Las ayudas se adjudicarán por concesión directa, de acuerdo con el artículo 4.5.c) de
la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, sin concurrencia entre los solicitantes.
Quinto
Cuantía
La cuantía de la ayuda por cada Ayuntamiento beneficiario, se obtendrá como resultado de multiplicar el número de alumnos, que reúnan los requisitos previstos en esta Orden,
por 5,50 euros y por el número de días no lectivos.
Sexto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes para el período no lectivo de Navidad será desde el día siguiente a la publicación en extracto de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones,
que publicará el texto íntegro de la misma en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones que forma parte de dicha Base de Datos, hasta el 16 de enero de 2024.
El plazo de presentación de solicitudes para el período no lectivo de Semana Santa será
desde el 15 de marzo hasta el 8 de abril de 2024.
El plazo de presentación de solicitudes para el período no lectivo de verano será desde
el 1 de junio al 10 de septiembre de 2024.
Madrid, a 6 de noviembre de 2023.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO

BOCM-20231127-16

(03/19.177/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791