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Convenio –  Convenio interadministrativo de 7 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, para la prevención y control del absentismo escolar
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 25 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 281

En este marco normativo, se publicó la Orden 2069/2020, de 10 de septiembre, de la
Consejería de Educación y Juventud, por la que se establecen las condiciones de suscripción
aplicables a los convenios interadministrativos celebrados con las Corporaciones Locales
para el desarrollo de programas de prevención y control del absentismo del alumnado comprendido entre 6 y 16 años de edad, escolarizados en centros docentes sostenidos con Fondos Públicos de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, fue publicada la Orden 3005/2022, de 7 de octubre, del Vicepresidente,
Consejero de Educación y Universidades, por la que se establecen las condiciones de suscripción aplicables a los convenios interadministrativos celebrados entre la Comunidad de
Madrid y las corporaciones locales para el desarrollo de programas de prevención y control
del absentismo escolar del alumnado comprendido entre los 6 y 16 años de edad escolarizado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid durante el año 2023.
Considerando que la experiencia adquirida en la prevención y control del absentismo
escolar por medio de la acción coordinada de las instituciones, permite mejorar considerablemente las situaciones de riesgo de exclusión social que pueden padecer los colectivos en
situación de desventaja, así como la respuesta a las necesidades educativas que presentan,
se estima necesario mantener la colaboración con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
En virtud de cuanto antecede, es deseo de ambas partes, dada su confluencia de intereses, suscribir este convenio conforme a las siguientes cláusulas.
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre la Comunidad
de Madrid, a través de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, para prevenir y controlar el absentismo escolar en las etapas obligatorias de educación.
Segunda
Plan anual de actuación
Las actividades que se desarrollen en aplicación del presente convenio se ajustarán a
lo dispuesto en el Programa Marco de Prevención y Control del Absentismo Escolar aplicable a los municipios incluidos en el ámbito de la Dirección de Área Territorial MadridOeste, que se incorpora como anexo IV. Dicho Programa Marco contiene los objetivos y
las líneas de actuación prioritarias.
La Comisión de Seguimiento, prevista en la cláusula sexta de este convenio, elaborará y aprobará un Plan Anual de Actuación que contendrá los objetivos y las líneas de actuación a seguir en cumplimiento de este convenio y que se ajustará a lo dispuesto en el citado Programa Marco.
Tercera
Para el cumplimiento de los objetivos previstos en el Programa Marco de Prevención
y Control del Absentismo Escolar, la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades, se compromete a:
a) El seguimiento de la escolarización por parte de los centros sostenidos con fondos
públicos y el control del absentismo del alumnado, así como la coordinación de
los centros y servicios educativos con las Mesas Locales sobre Absentismo del
Área Territorial de Madrid-Oeste.
b) La colaboración de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica en la
orientación familiar y con los centros, para el establecimiento de pautas de prevención y actuación con el alumnado absentista.
c) Prever la incorporación en el Plan Regional de Formación del Profesorado de la Comunidad de Madrid de acciones y estrategias que mejoren la convivencia en los centros, dotando a los docentes de herramientas que minimicen el abandono escolar.
d) Cada centro educativo sostenido con fondos públicos creará una Comisión de Absentismo cuya composición, objetivos y funciones se determinan en el Programa

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