D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20231125-7)
Convenio –  Convenio de colaboración de 15 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Pontificia Comillas, para la formación práctico-clínica de los alumnos del grado de Enfermería
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 25 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 281

los pacientes y de las personas en el tratamiento de sus datos, considerando además que el
tratamiento de datos personales referidos a la salud de una persona es especialmente sensible y requiere especial protección. Por todo ello, es necesario que el estudiante conozca y
respete los siguientes aspectos durante su estancia en las instalaciones de la entidad:
1. Queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de su función, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que esté
determinado, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. Esta obligación subsistirá una vez cumplido el período de prácticas acordado en virtud del convenio
de colaboración.
2. Queda prohibida la salida de información propiedad del Servicio Madrileño de Salud obtenida de sus sistemas de información o de otras fuentes, por cualquier medio físico
o telemático, salvo autorización por escrito del Responsable de dicha información.
3. Una vez cumplido el período de prácticas acordado en virtud del convenio de colaboración, los datos de carácter personal pertenecientes al Servicio Madrileño de Salud que
pudiera tener bajo control el abajo firmante, deberá destruirlos o devolverlos al Servicio Madrileño de Salud por el método acordado, así como cualquier otro soporte o documento en
que conste algún dato de carácter personal.
4. El acceso lógico a los sistemas de información y comunicaciones del Servicio Madrileño de Salud, se hará con la autorización correspondiente, en la forma que se indique y con
las medidas de seguridad que se marquen en cada caso, no pudiendo acceder a datos reales sin
la autorización por escrito del Responsable del Tratamiento o encargado del Tratamiento.
5. Ante cualquier duda que pueda incidir en la seguridad de los sistemas de información y comunicaciones, deberá consultar con su enlace o Responsable en la institución
sanitaria. La función del enlace será ofrecerle asesoramiento, atender cualquier tipo de
consulta o necesidad, transmitir instrucciones, ponerle al corriente de sus cometidos, objetivos, entre otras.
6. Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos en los sistemas
de información del Servicio Madrileño de Salud sin la correspondiente licencia y/o autorización. Los programas informáticos propiedad del Servicio Madrileño de Salud están protegidos por propiedad intelectual, y por tanto está estrictamente prohibida su reproducción,
modificación, cesión o comunicación sin la debida autorización.
7. Queda estrictamente prohibido en los sistemas de información de la institución sanitaria, el uso, reproducción, cesión, transformación o comunicación pública de cualquier
tipo de obra o invención protegida por la propiedad intelectual sin la debida autorización.
El estudiante se compromete a cumplir la “Política de seguridad de la información en
el ámbito de la Administración Electrónica y de los sistemas de información de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid”, publicada en la Orden 491/2013, de 27 de
junio y todas las políticas, normas y procedimientos de (indicar) y de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid que emanen del citado código. Para su conocimiento, se
le proporcionará acceso a la normativa que le sea de aplicación.
Siempre que se encuentre en el centro sanitario llevará en lugar plenamente visible la
tarjeta identificativa que se le facilitará y en donde se recogen sus datos personales, identificándole como estudiante. Al finalizar el período de prácticas, deberá devolver la tarjeta al
centro sanitario.
El estudiante declara que:
1. Reconoce que los pacientes tienen derecho al respeto de su personalidad, dignidad
humana e intimidad y a la confidencialidad de toda la información relacionada con su proceso.
2. También reconoce que los pacientes tienen derecho a que se respete el carácter
confidencial de los datos referentes a su salud, y a que nadie pueda accedes a ellos sin
previa autorización.
3. De acuerdo con el artículo 4 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales, reconoce que tiene el deber de mantener el secreto profesional respecto a la información a la que acceda en el desarrollo de su actividad, comprometiéndose a prestar el máximo cuidado y confidencialidad
en el manejo y custodia de cualquier información/documentación durante su período formativo y una vez concluido el mismo.
4. Reconoce que no procede transferir, duplicar o reproducir todo o parte de la información a la que tenga acceso con motivo de su actividad en el Centro, no pudiendo utilizar
los datos proporcionados por el mismo para finalidades distintas a la formación, o aquellas
otras para las que fuera autorizado por la dirección del Centro.

BOCM-20231125-7

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