Alcalá de Henares (BOCM-20231124-41)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 280

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE NOVIEMBRE DE 2023

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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ALCALÁ DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto del acuerdo de 10 de noviembre de 2023, de la Junta de Gobierno Local, por
el que se convocan subvenciones a asociaciones de madres y padres de alumnos y federaciones constituidas por estas, de los centros escolares sostenidos con fondos públicos, de
Educación Infantil, Primaria y Secundaria y otras enseñanzas regladas de Alcalá de Henares, para el curso 2023-2024.
BDNS 727546
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/lindex ):
Primero. Beneficiarios.—Los solicitantes deben ser asociaciones de madres y padres
de alumnos y federaciones constituidas por estas, de los centros escolares sostenidos con
fondos públicos de Educación Infantil, Primaria, Secundaria y otras enseñanzas regladas,
legalmente reconocidos por la Comunidad de Madrid, del municipio de Alcalá de Henares.
Serán atendidas todas las peticiones que se ajusten a las bases de la presente convocatoria.
Los solicitantes deben estar inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones del
Ayuntamiento de Alcalá de Henares.
Segundo. Finalidad.—El objeto de estas subvenciones es financiar actividades de las
asociaciones de madres y padres de alumnos y federaciones de ámbito local de los centros
escolares sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil, Primaria, Secundaria y
otras enseñanzas regladas, de Alcalá de Henares, para el curso 2023-2024.
Tendrán la consideración de actividades subvencionables, las realizadas por las entidades solicitantes, del 1 de septiembre de 2023 al 30 de junio de 2024, siempre que estén
relacionadas con el objeto y finalidad propia de dichas entidades y no hagan discriminación
entre socios y no socios, para poder participar y/o beneficiarse de las mismas.
Actividades subvencionables:

Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 10 de noviembre de 2023, publicadas en la página web http://www.ayto-alcaladehenares.es
Cuarto. Importe.—Según el número de peticiones, el importe de las ayudas se ajustará de manera equitativa al presupuesto máximo de 40.000 euros, designado a esta finalidad.
En todo caso, la cuantía máxima individualizada de la subvención a conceder a cada
beneficiario, se establece en 1.500 euros y el porcentaje máximo será el 100 por 100 de la
cantidad solicitada.
En ningún caso el importe de la subvención superará, aisladamente o en concurrencia
con otras ayudas, el coste de la actividad subvencionada.
No obstante, los criterios económicos recogidos en los apartados anteriores, podrán
modificarse en función de las disponibilidades presupuestarias.

BOCM-20231124-41

a) Actuaciones que promuevan la participación de las familias en el centro educativo.
b) Actuaciones de información y formación para las familias.
c) Organización de actividades (excursiones, visitas culturales y/o medio ambientales, actividades lúdico educativas, actividades para la educación en valores, actividades de promoción cultural, del ámbito de la salud, de fomento de la igualdad
y la no discriminación, etcétera), en las que participen el alumnado y/o las familias del alumnado del centro educativo.
d) Y, en general, todas aquellas que se ajusten a las funciones de las asociaciones de
padres y madres, y sean susceptibles de ser consideradas de interés educativo y/o
de utilidad pública.