Cobeña (BOCM-20231123-73)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 279
JUEVES 23 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 319
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73
COBEÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 5 de
octubre de 2023, de aprobación inicial de modificación de créditos número 12/2023, en la
modalidad de suplemento de crédito financiado con mayores ingresos, como sigue a continuación:
ESTADO DE GASTOS
CAP.
CRÉDITO INICIAL
MODIFICACIÓN
CRÉDITO FINAL
2
3.876.715,93
+110.000,00
3.986.715,93
6
4.141.333,50
+31.500,00
4.172.833,50
CAP.
PREV. INICIAL
ESTADO DE INGRESOS
MODIFICACIÓN
PREV. FINAL
2
605.669,83
+23.000,00
628.669,83
3
1.667.451,82
+118.500,00
1.785.951,82
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
En Cobeña, a 13 de noviembre de 2023.—El alcalde, Jorge Amatos Rodríguez.
BOCM-20231123-73
(03/18.972/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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73
COBEÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 5 de
octubre de 2023, de aprobación inicial de modificación de créditos número 12/2023, en la
modalidad de suplemento de crédito financiado con mayores ingresos, como sigue a continuación:
ESTADO DE GASTOS
CAP.
CRÉDITO INICIAL
MODIFICACIÓN
CRÉDITO FINAL
2
3.876.715,93
+110.000,00
3.986.715,93
6
4.141.333,50
+31.500,00
4.172.833,50
CAP.
PREV. INICIAL
ESTADO DE INGRESOS
MODIFICACIÓN
PREV. FINAL
2
605.669,83
+23.000,00
628.669,83
3
1.667.451,82
+118.500,00
1.785.951,82
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
En Cobeña, a 13 de noviembre de 2023.—El alcalde, Jorge Amatos Rodríguez.
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(03/18.972/23)
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