D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20231122-23)
Convenio –  Convenio de 20 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (a través de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras) y el Instituto Municipal de Vivienda de Fuenlabrada (IMVF), S. A., en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en los entornos residenciales de rehabilitación programada de “Distrito Centro. Fase I” y “San Esteban. Fase I”, en el municipio de Fuenlabrada, y se definen las obligaciones del Instituto Municipal de Vivienda de Fuenlabrada (IMVF), S. A., como entidad colaboradora, dentro del programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 278

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE NOVIEMBRE DE 2023

Pág. 87

Desde el punto de vista presupuestario, los Presupuestos Generales de la Comunidad
de Madrid para el 2023 y, en concreto, el Programa 261A “Vivienda y Rehabilitación” incluyen las dotaciones suficientes para acometer los objetivos programados.
Para llevar a cabo las actuaciones programadas se ha aprobado un gasto plurianual con
cargo al Programa 261A, “Vivienda y Rehabilitación”, que incluye las dotaciones suficientes para acometer los objetivos programados. En el subconcepto 78405 “Subvenciones
rehabilitación de viviendas”, del Programa 261A “Vivienda y Rehabilitación”, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid correspondiente al año 2023, existe crédito
por importe de 4.874.940,00 euros correspondiente al proyecto de gasto 2022/001430, relativo a los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada de “Distrito Centro. Fase I”
y “San Esteban. Fase I”, en el municipio de Fuenlabrada. Corresponde al ejercicio 2023 la
cantidad de 4.874.950,00 euros con el siguiente desglose: 4.018.380,00 euros a la línea destinada a sufragar la convocatoria de las ayudas de mejora o rehabilitación de edificios de
uso predominante residencial mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva y
la cantidad de 270.400,00 euros a la línea destinada a sufragar la constitución de las oficinas de rehabilitación mediante el procedimiento de adjudicación directa. Corresponde al
ejercicio 2024 la cantidad de 586.170,00 euros a la línea destinada a sufragar la financiación de las actuaciones de urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico mediante el procedimiento de adjudicación directa.
De acuerdo con lo establecido en el apartado sexto del Acuerdo de la Comisión Bilateral de fecha 28 de noviembre de 2022, “la Comisión Bilateral de seguimiento podrá realizar
las modificaciones en el presente acuerdo que resulten necesarias ante las eventualidades
que pudieran producirse, a fin de asegurar el desarrollo de las actuaciones hasta su total ejecución, de conformidad con lo establecido en el artículo 71.3 del Real Decreto 853/2021,
de 5 de octubre.”
Por tanto, cualquier modificación acordada por la Comisión Bilateral de seguimiento
que afecte al número de viviendas o a la financiación de las diferentes actuaciones, supondrá la modificación de las cláusulas de este Convenio que se vean afectadas por la misma.
Las condiciones acordadas en la Comisión Bilateral de seguimiento se comunicarán
por el titular de la Consejería con competencia en materia de vivienda al Instituto Municipal de Vivienda de Fuenlabrada, S. A., en el plazo de diez días, incorporándose como anexo
y formando parte del mismo.
Quinta
El apartado cuarto del referido Acuerdo de Comisión Bilateral, de 28 de noviembre de 2022,
suscrito por el Ayuntamiento de Fuenlabrada, la Comunidad de Madrid y el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, correspondiente a los Entornos Residenciales de
Rehabilitación Programada de “Distrito Centro. Fase I” y “San Esteban. Fase I”, en el municipio de Fuenlabrada, señala que “El Ayuntamiento de Fuenlabrada designará como responsable de la ejecución de las actuaciones del ERRP al Instituto Municipal de Vivienda
de Fuenlabrada (IMVF), S. A., que prestará los servicios de oficina de rehabilitación y facilitará la gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas y realizará las obras de regeneración urbana, para lo que suscribirá el correspondiente convenio de colaboración con
la Comunidad de Madrid.”
En su condición de beneficiario de las subvenciones directas para la prestación de los
servicios de oficina de rehabilitación y para la financiación de las obras de urbanización o
reurbanización de espacios públicos, el Instituto Municipal de Vivienda de Fuenlabrada
(IMVF) S. A., deberá cumplir las siguientes obligaciones:
a) Cumplir la normativa específica aplicable, los requisitos y obligaciones que se especifican en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, en el capítulo II, de conformidad con lo que se establece en la normativa estatal y autonómica en materia
de subvenciones.
b) Cumplir con la normativa europea y nacional que les resulte aplicable, y en particular, con las obligaciones que se derivan del cumplimiento del Reglamento del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante, MRR), con la normativa
reguladora de las Ayudas de Estado e igualmente con el resto de normativa
europea y nacional aplicable, en especial, las medidas relativas a evitar fraude, corrupción, conflicto de intereses o doble financiación, en protección de los intereses financieros de la Unión, así como el resto de obligaciones establecidas en el

BOCM-20231122-23

Obligaciones del Instituto Municipal de Vivienda de Fuenlabrada (IMVF), S. A.