C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231122-16)
Concesión becas –  Orden 4559/2023, de 17 de noviembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria correspondiente al curso 2022-2023 de las becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 278

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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ORDEN 4559/2023, de 17 de noviembre, del Consejero de Educación, Ciencia
y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria correspondiente al
curso 2022-2023 de las becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).

Mediante la Orden 1945/2023, de 2 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de
Educación y Universidades, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de becas
para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad, cofinanciadas por el Fondo Social
Europeo Plus y mediante la Orden 2439/2023, de 30 de junio, del Consejero de Educación,
Ciencia y Universidades, se aprobó la convocatoria de becas de Segunda Oportunidad correspondiente al curso 2023-2024, publicada en extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 6 de julio de 2023.
Seguidos los trámites oportunos y transcurrido el plazo de presentación de solicitudes
establecido en el apartado 10 de la Orden 2439/2023, de 30 de junio, el día 11 de septiembre se publicaron las listas de solicitudes presentadas y de solicitudes excluidas, abriéndose, a partir del día siguiente, un plazo de diez días hábiles para la subsanación o mejora de
las solicitudes.
Transcurrido el período de subsanación, la Comisión de Valoración acordó proponer
la concesión de beca a todas aquellas solicitudes que han reunido los requisitos exigidos en
la convocatoria.
La Comisión de Valoración elevó propuesta de resolución al Consejero de Educación,
Ciencia y Universidades con fecha 18 de octubre de 2023.
La competencia para la resolución de la convocatoria corresponde al Consejero de
Educación, Ciencia y Universidades, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 18 de la
Orden 2439/2023, de 30 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, en
relación con el artículo 1 del Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades.
Vista la propuesta de resolución de la Comisión de Valoración,
DISPONGO
Primero
Conceder las becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad para el curso 2023-2024, por el importe determinado en cada caso a los solicitantes que figuran en el
Anexo I “Beneficiarios” de esta Orden.
Segundo

Tercero
El texto de esta Orden se hará público en el página web institucional de la Comunidad
de Madrid, www.comunidad.madrid , donde también se podrá consultar la situación detallada de las solicitudes y, en extracto, a efectos del cómputo de plazos para la interposición
de recursos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Complementariamente a la publicación oficial en la página web, los interesados se podrán informar sobre el resultado de su solicitud a través de las Direcciones de Área Territorial y en el Punto de In-

BOCM-20231122-16

Declarar excluidos de la convocatoria, por las causas que en cada caso se determinan
a los solicitantes que se relacionan en el Anexo II “Excluidos” de esta Orden.
Siguiendo lo dispuesto en el apartado 20 de la Orden 2439/2023, de 30 junio, han quedado excluidos quienes hayan resultado beneficiarios de la beca de Formación Profesional
de grado superior y Formación Profesional de Grado Medio de la Comunidad de Madrid.