San Sebastián de los Reyes (BOCM-20231121-92)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 277

Se presentarán, preferentemente, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de
San Sebastián de los Reyes o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común y su normativa de
desarrollo.
El escrito de solicitud deberá contener los datos previstos en el artículo 66 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A la solicitud se acompañará el “currículum vitae” y la documentación acreditativa
tanto de los requisitos exigidos para el desempeño del puesto como de los méritos alegados
o en su defecto la autorización de la consulta al SVD.
En su caso, toda la documentación a aportar se admitirá en fotocopia simple o copia
electrónica, sin perjuicio de su posterior cotejo.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista de aspirantes admitidos en la web municipal www.ssreyes.org y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Octava. Sistema selectivo.—La selección se efectuará de acuerdo a los principios de
mérito y capacidad, atendiendo a criterios de formación, competencia y experiencia profesional e idoneidad para ocupar el puesto en relación con las funciones, objetivos perseguidos y ámbito de la dirección a ocupar. En cualquier caso, se deberá motivar en el informe
propuesta de nombramiento que elaborará la persona o personas titulares de las concejalías
a la que se adscribe la dirección general.
Las solicitudes de las personas aspirantes admitidas serán valoradas de acuerdo a los
siguientes aspectos:
— Experiencia profesional en funciones y tareas directamente relacionadas con el
ámbito de responsabilidad objeto de la dirección general desarrollada en las administraciones públicas.
— Formación específica relacionada con las funciones de carácter directivo y en las
funciones y tareas directamente relacionadas.
— Otros méritos tales como formación impartida, docencia, publicaciones, etc., que
estén directamente relacionados con las funciones y tareas del puesto convocado.
La valoración de las personas aspirantes incluirá una entrevista en la que se evaluará el
currículum profesional y las competencias indicadas a continuación. A la entrevista, que tendrá una duración máxima de 60 minutos, se citará a los aspirantes con una antelación mínima de tres días y será realizada ante los titulares de las concejalías de las que dependa la dirección general correspondiente y la concejalía de Recursos Humanos, estando presente un/a
funcionario/a que de fe de su celebración y colabore con el correcto desarrollo del proceso.
En esta entrevista se valorarán las siguientes competencias y habilidades profesionales:
— Capacidad de planificación, innovación, determinación de prioridades y toma de
decisiones.
— Liderazgo de equipos. Se valorará especialmente la capacidad de gestionarlos y
motivarlos.
— Capacidad de impulsar la implantación y revisión de estrategias, políticas e iniciativas de mejora.
— Capacidad de orientación a los resultados y transparencia.
— Capacidad de comunicación y negociación.
— Capacidad de construir y desarrollar redes de relaciones tanto internas como externas.
— Capacidad de resolución de conflictos y conducta ética relacional.
— Competencias digitales.
Novena. Propuesta de designación.—Celebrada la entrevista y a la vista del currículo de las personas candidatas, atendiendo a las funciones del puesto y a los objetivos que se
pretenden obtener en el área competencial donde prestará servicios, el titular de la indicada concejalía elevará propuesta motivada determinando la persona aspirante que considera
más idóneo/a para el puesto, o en su caso, declaración de la convocatoria como desierta.
El informe propuesta emitido por el titular de la concejalía a la que se adscribe la dirección general se remitirá al alcalde-presidente, el cual elevará propuesta de nombramiento/contratación al Junta de Gobierno Local, órgano competente para el nombramiento del
personal directivo según establece el artículo 127.1.i de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, junto con las solicitudes y el resto de documentación presentada.
Se declarará desierta la convocatoria en el caso de que ninguna de las personas aspirantes cumpla con los requisitos establecidos en las presentes bases, o no se encuentre ninguna persona candidata cuya formación, competencia y experiencia profesional se adecue

BOCM-20231121-92

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