C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231121-19)
Convocatoria subvenciones –  Orden de 16 de noviembre de 2023, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia a los procedimientos administrativos iniciados por las convocatorias de subvenciones aprobadas por Órdenes de 20 de julio y de 4 de agosto de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo
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B.O.C.M. Núm. 277

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE NOVIEMBRE DE 2023

Pág. 97

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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ORDEN de 16 de noviembre de 2023, de la Consejera de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia a los procedimientos administrativos iniciados por las convocatorias de subvenciones aprobadas por Órdenes de 20 de julio y de 4 de agosto de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo.
ANTECEDENTES DE HECHO

Por Orden de 20 de julio de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, se
establecen las bases reguladoras de subvenciones para la integración laboral de personas en
riesgo o situación de exclusión social mediante itinerarios de inserción, en colaboración con
entidades sin ánimo de lucro y se aprueba la convocatoria para el año 2022.
Mediante Orden de 4 de agosto de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,
se establecen las bases reguladoras de subvenciones del Programa de Fomento del Empleo Juvenil con las Corporaciones Locales y se convocan las subvenciones para el año 2022.
De conformidad con lo establecido en el artículo 11.3 de la Orden de 20 de julio de 2022
y el artículo 14.5 de la Orden de 4 de agosto de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de estas subvenciones, el órgano
responsable de la ordenación e instrucción del procedimiento es la Dirección General de la
Comunidad de Madrid competente en materia de empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
Conforme a lo previsto en estas convocatorias, las subvenciones concedidas durante el
año 2022 serán objeto de financiación con cargo a la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-UE), a través del Programa Operativo Regional FSE,
con una tasa máxima del 100 por 100, dentro del período de programación 2014-2020.
A estos efectos, teniendo en cuenta las Directrices de la Comisión Europea sobre el
cierre de los Programas Operativos del período 2014-2020 y con el fin de garantizar la certificación del máximo del gasto ejecutado al amparo de ambas convocatorias, se hace preciso agilizar la revisión de la justificación y liquidación de las actuaciones subvencionadas.
Por todo ello, constatándose la concurrencia de razones de interés público que aconsejan tramitar con la máxima celeridad la gestión de las subvenciones acogidas a estas convocatorias dentro de los plazos máximos establecidos a efectos de su inclusión en las correspondientes declaraciones de gastos pagados, justificados y liquidados por la Dirección
General del Servicio Público de Empleo, se hace precisa la declaración de urgencia del procedimiento.

El artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, establece que cuando razones de interés público
lo aconsejen, se podrá acordar de oficio o a petición del interesado la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia.
En su virtud, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto 230/2023,
de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, corresponde a la titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo las competencias en materia de empleo, quedando
asignadas a la Dirección General del Servicio Público de Empleo la gestión de programas
de ayudas y subvenciones contemplados en los programas de empleo e integración laboral
de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20231121-19

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