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Convenio –  Convenio interadministrativo de 20 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Alcorcón, para la prevención y control del absentismo escolar
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 277

rios establecidos en el apartado uno de la disposición cuarta de Orden 3005/2022, de 7 de
octubre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se establecen las condiciones de suscripción aplicables a los convenios interadministrativos celebrados entre la Comunidad de Madrid y las corporaciones locales para el desarrollo de programas de prevención y control del absentismo escolar del alumnado comprendido entre
los 6 y 16 años de edad escolarizado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de
la Comunidad de Madrid durante el año 2023.
Así mismo, el cálculo de la cuantía que corresponderá a cada Ayuntamiento, se determinará conforme al apartado dos de la disposición cuarta de la Orden 3005/2022, de 7 de
octubre.
Para la obtención de dicha cuantía, se tendrá en cuenta la suma total de los datos de los
municipios participantes en la convocatoria 2023:
— N.o total de habitantes: 2.875.146.
— N.o total de alumnos escolarizados: 388.862.
— N.o total de alumnos con expediente de absentismo abierto: 2.779.
AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN
CRITERIOS

DATOS

IMPORTE

Número de habitantes del Municipio al 1/1/2022

170296

13.326,84€

Población escolarizada en EI (3-6), EP y ESO a 31/12/2022

24324

10.008,28€

Número de alumnos absentistas (datos Comisión 2022)

153
TOTAL

6.331,41€
29.666,53€

ANEXO II
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.
Primera
Responsable y encargado del tratamiento
La Consejería de Educación, Ciencia y Universidades tendrá la consideración de Responsable del Tratamiento y el Ayuntamiento de Alcorcón tendrá la consideración de Encargado del Tratamiento, conforme a lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a
la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (en adelante, RGPD), así como en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el resto de normativa
vigente en la materia.
En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal, en el marco de este convenio,
se realiza con el único fin de permitir una adecuada prestación de los servicios y no se considerará como una cesión o comunicación de datos.
Segunda
Definiciones

Tercera
Objeto del encargo de tratamiento
Mediante las presentes cláusulas se habilita al Ayuntamiento de Alcorcón, Encargado
del tratamiento, para tratar por cuenta de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, Responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para desarrollar en colaboración con la Comunidad de Madrid para mejorar las situaciones de riesgo de
exclusión social que pueden padecer los colectivos en situación de desventaja así como la

BOCM-20231121-36

Los términos específicos en materia de protección de datos serán interpretados conforme a las definiciones establecidas en el artículo 4 del RGPD.