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Convenio –  Convenio de 2 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad y Cruz Roja Española, por el que se regirá la subvención directa para financiar el desarrollo de actuaciones específicas de prevención de la enfermedad y promoción de la salud y de prevención y control de la infección por el VIH, dirigidas a grupos de población desfavorecida mediante una subvención por importe de 252.131 euros. Año 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 277

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE NOVIEMBRE DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Sanidad
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CONVENIO de 2 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid a través
de la Consejería de Sanidad y Cruz Roja Española, por el que se regirá la subvención directa para financiar el desarrollo de actuaciones específicas de prevención de la enfermedad y promoción de la salud y de prevención y control de
la infección por el VIH, dirigidas a grupos de población desfavorecida mediante una subvención por importe de 252.131 euros. Año 2023.
REUNIDOS

De una parte, doña Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de
Madrid, nombrada por Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad
de Madrid, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por el artículo 41.a) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, y en uso de la facultad que le confiere el apartado tercero. a) del artículo 4 de la
Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley
estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la
duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos,
en lo referente a los órganos competentes para la celebración de convenios.
Y de otra, don Francisco Gabriel Sánchez Parodi, en calidad de Secretario del Comité
Autonómico de Cruz Roja Española en Madrid, con domicilio a efectos de notificaciones
en Madrid, calle Muguet, número 7, con poder notarial otorgado por el notario de Madrid,
don Ignacio Gil-Antuñano Vizcaíno con número de protocolo 3.178, de 11 de julio de 2019,
con NIF Q-2866001G.
Ambas instituciones, en la calidad en la que intervienen en este acto, se reconocen recíprocamente capacidad legal para comprometerse y otorgar el presente convenio, a cuyo efecto,
EXPONEN
Primero
Que, en el marco de la legislación básica del Estado corresponde a la Comunidad de
Madrid el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución en materia de higiene y sanidad, según se establece en el artículo 27.4 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de
febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.
Que a la Consejera de Sanidad le corresponde la superior dirección de la Consejería de
Sanidad, tal y como establece el artículo 2 del Decreto 245/2023, de 19 de 4 de octubre, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.

Que la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad es el centro directivo encargado del desarrollo de las actuaciones en materia de salud pública, encaminadas a garantizar los derechos de protección de la salud de la población de la Comunidad de
Madrid desde una perspectiva comunitaria, en colaboración con otras instituciones. Así
mismo, asume las funciones de promoción de la salud a través de cuantas actividades se generen de interés individual, familiar y social y la planificación, coordinación y desarrollo
de estrategias en educación para la salud con el objetivo de promover unos hábitos de vida
saludables que contribuyan a preservar y promover un buen estado de salud y calidad de
vida de la población en las diferentes etapas de la vida. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 16, 17 y 19 del título II de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General
de Salud Pública y en el artículo 55.3 de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación
Sanitaria de la Comunidad de Madrid, de acuerdo al artículo 10, apartados a), b) y g) del

BOCM-20231121-38

Segundo