Sevilla la Nueva (BOCM-20231120-57)
Régimen económico. Presupuesto general
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 20 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 276

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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SEVILLA LA NUEVA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Acuerdo del Pleno de 5 de octubre de 2023, de la Entidad de Sevilla la Nueva, por el
que se aprueba definitivamente la modificación de las bases de ejecución número 44 del
Presupuesto Municipal para el ejercicio 2023
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de las bases de ejecución número 44 del presupuesto municipal del ejercicio 2023, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, en
los siguientes términos:
“Base 44. Retribuciones e indemnizaciones a los miembros de la Corporación.
Las retribuciones deberán respetar los límites fijados en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, tanto los que se encuentren con dedicación exclusiva, como los que tengan dedicación parcial, experimentando los incrementos que se fijen cada año en los PGE.
A. Régimen de dedicación exclusiva:
Se autoriza la aplicación de régimen de dedicación exclusiva, en los términos previstos en el artículo 75.1, de la Ley 7/1985, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, a los miembros de la Corporación que se expresan a continuación:
Cargo retribución anual.
1. Alcalde-presidente: 52.271,61 euros.
Este cargo de miembro de la Corporación podrá optar libremente entre la posibilidad de
desempeñar su cargo en régimen de dedicación exclusiva, dedicación parcial o dedicación
ordinaria, conforme a las determinaciones de los siguientes apartados. El ejercicio de la opción de cambio de régimen se formalizará mediante escrito presentado ante el Sr. secretario
de la Corporación, dándose cuenta al Pleno en la siguiente sesión que se celebre.
B. Régimen de dedicación parcial:
Se autoriza la aplicación de régimen de dedicación parcial, en los términos previstos
en el artículo 75.2 de la Ley 7/1985, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local,
a los miembros de la Corporación que se expresan a continuación:
RETRIBUCIÓN ANUAL
1. 26.135,80 €
2. 29,402,78 €
3. 32,669,75 €
4. 35.936,73 €
5. 39.203,70 €
6. 42.470,68 €
7. 45.737,65 €

DEDICACIÓN MÍNIMA SEMANAL
1. 20 horas
2. 22,5 horas
3. 25 horas
4. 27,5 horas
5. 30 horas
6. 32,5 horas
7. 35 horas

2. CONCEJAL DELEGADO DE AREAS

36.590,12 €

80% de porcentaje de la jornada

3. CONCEJAL DELEGADO DE AREAS

36.590,12 €

80% de porcentaje de la jornada

4. CONCEJAL DELEGADO DE AREAS

36.590,12 €

80% de porcentaje de la jornada

5. CONCEJAL DELEGADO DE AREAS

36.590,12 €

80% de porcentaje de la jornada

El nombramiento y cese de los cargos de tenientes de alcalde y concejales-delegados
es libre, correspondiendo los mismos al Sr. alcalde conforme a las disponibilidades existentes en el presupuesto municipal vigente.
Los cargos en régimen de dedicación parcial requerirán la dedicación mínima semanal
al ejercicio de las funciones que le son propias establecida en el cuadro anterior, conforme
a la opción elegida.
Estos cargos de miembros de la Corporación podrán optar libremente entre la posibilidad de desempeñar su cargo en régimen de dedicación parcial o dedicación ordinaria, salvo los que tengan reconocida la posibilidad de optar a régimen de dedicación exclusiva, que
se estará a lo dispuesto en el último párrafo del apartado A. El ejercicio de la opción de cam-

BOCM-20231120-57

CARGO
1. ALCALDE-PRESIDENTE