A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231117-1)
Intervenciones delegadas –  Decreto 250/2023, de 15 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se adaptan las intervenciones delegadas al número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 274

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE NOVIEMBRE DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
DECRETO 250/2023, de 15 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se adaptan las intervenciones delegadas al número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

La aprobación del Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid,
requiere de la adaptación del número y denominación de las intervenciones delegadas a la
nueva estructura del Gobierno autonómico.
Hasta ahora, se ha mantenido la estructura de las intervenciones delegadas prevista en
el Decreto 239/2021, de 9 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se adaptan las
intervenciones delegadas al número y denominación de las Consejerías de la Comunidad
de Madrid, en aplicación de lo establecido en la disposición transitoria primera del Decreto 76/2023, de 5 de julio.
Dada la importancia de las políticas públicas de la Comunidad de Madrid en materia
de economía, empleo y servicios sociales, se considera necesario establecer en cada una de
ellas determinadas especialidades respecto de la organización de las correspondientes intervenciones delegadas. En este sentido, a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo se
adscribe junto a la Intervención Delegada de Economía y Hacienda, una Intervención Delegada de Empleo con la función de fiscalización de las actuaciones relativas a las materias
de empleo. Asimismo, junto a la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, a la
Intervención Delegada de Familia, Juventud y Asuntos Sociales se adscribe una Intervención Delegada en la Agencia Madrileña de Atención Social.
Esta propuesta se adecua a la propia estructura presupuestaria de la Comunidad de
Madrid, donde las políticas en materia de empleo conservan, dentro de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo, su propia sección presupuestaria, y, por su parte, la Agencia Madrileña de Atención Social tiene la consideración de organismo autónomo.
El Decreto se adecua, tanto en su tramitación como en su contenido, a los principios
de buena regulación recogidos en el artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del
Consejo de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de
las disposiciones normativas de carácter general de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De acuerdo con los principios de necesidad y eficacia, este Decreto se justifica por razones de interés general, adaptando el número y denominación de las intervenciones delegadas a la nueva estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
Por otro lado, se cumple el principio de proporcionalidad, ya que se contiene la regulación imprescindible y necesaria para atender la necesidad a cubrir por la misma, garantizando el buen funcionamiento de la Intervención General de la Comunidad de Madrid.
Se ha cumplido, igualmente, con el principio de seguridad jurídica, con la plasmación
de la actuación en una norma que será objeto de publicación.
En cuanto al principio de transparencia, la norma tiene carácter organizativo, por lo
que está exenta de los distintos trámites propios de la participación pública, esto es, consulta pública y tramites de audiencia e información públicas, si bien, en su elaboración se ha
contado con la participación de las secretarías generales técnicas, y se han recabado los informes preceptivos. Tras la publicación de la norma en el correspondiente diario oficial,
esta quedará a disposición para su consulta en la base de legislación de la Comunidad de
Madrid a través del Portal de Transparencia.
Finalmente, se adecua al principio de eficiencia, ya que esta norma no conlleva cargas
administrativas para los ciudadanos.
Dado su carácter organizativo, este Decreto se ha tramitado conforme al procedimiento simplificado previsto en el artículo 12 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, y se ha solicitado el informe preceptivo de coordinación y calidad normativa, los informes de las secretarías generales técnicas de las consejerías, los informes de impacto social de la

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