D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20231117-26)
Estatutos colegio profesional –  Resolución de 2 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la modificación parcial de los artículos 14 y 17 de los Estatutos del Colegio Profesional de Higienistas Dentales de la Comunidad de Madrid
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 274

VIERNES 17 DE NOVIEMBRE DE 2023

Pág. 195

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
26

RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se dispone
la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la modificación parcial de los artículos 14 y 17 de los Estatutos del Colegio Profesional de Higienistas Dentales de la Comunidad de Madrid.

En virtud de lo previsto en la Orden de 26 de octubre de 2023, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la modificación parcial de los artículos 14 y 17 de los
estatutos del Colegio Profesional de Higienistas Dentales de la Comunidad de Madrid,
aprobada en la Asamblea General Ordinaria, celebrada el 14 de junio de 2023.
Dicha modificación, inscrita con fecha 27 de octubre de 2023 en el Registro de Colegios Profesionales, se acompaña como anexo a la presente Resolución.
Madrid, a 2 de noviembre de 2023.—La Directora General de Recursos Humanos y
Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.
ANEXO
MODIFICACIÓN PARCIAL DE LOS ESTATUTOS DEL COLEGIO
PROFESIONAL DE HIGIENISTAS DENTALES
DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Único
Se modifican los artículos 14 y 17, quedando redactados en los siguientes términos:

Todos los colegiados tendrán los siguientes derechos:
a) Ejercer la profesión y usar el título de Higienista Dental o la habilitación correspondiente, tal como establecen los presentes Estatutos.
b) Participar en la gestión del Colegio a través de los órganos colegiados, y ejercer el
sufragio activo y pasivo en las condiciones previstas en estos Estatutos. El voto de
los colegiados ejercientes tendrá doble valor que el de los no ejercientes y el de las
personas de Colegiación Honorífica; todo ello de conformidad con los artículos de
los presentes estatutos que regulan esta materia.
c) Recibir información acerca de las actividades profesionales del Colegio.
d) Recibir la asistencia del Colegio en cualquier conflicto de origen profesional, a
través de los servicios técnicos de asesoramiento, de los que en cada momento
pueda el Colegio disponer. Será nula cualquier exclusión o discriminación en menoscabo o perjuicio de estos derechos.
e) Ser amparado por el Colegio cuando se atente contra sus derechos profesionales
previo acuerdo, en todo caso, de la Junta de Gobierno.
f) Presentar al Colegio cuantas proposiciones juzgue convenientes para la profesión
o el funcionamiento del mismo.
g) Utilizar cuantos servicios se establezcan por el Colegio en beneficio de los colegiados.
h) Asistir a las Juntas Generales y demás actos corporativos.
i) Ejercer cuantos derechos se deduzcan de los presentes Estatutos y demás disposiciones aplicables”.

BOCM-20231117-26

“Artículo 14