Bustarviejo (BOCM-20231116-52)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 273
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 261
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
BUSTARVIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20231116-52
Acuerdo del Pleno ordinario de fecha 27 de octubre de 2023 del Ayuntamiento de Bustarviejo por el que se aprueban inicialmente la modificación de varias ordenanzas.
Aprobadas inicialmente las modificaciones de:
— Ordenanza número 1, impuesto bienes inmuebles.
— Ordenanza número 4, impuesto incremento del valor de los terrenos de naturaleza
urbana.
— Ordenanza número 5, tasa por prestación del servicio de recogida y tratamiento de
residuos urbanos.
— Ordenanza número 17, tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial
del dominio público.
— Ordenanza número 21, precio público por la utilización con fines publicitarios de
los medios de titularidad municipal.
— Ordenanza número 26, ordenanza general de gestión, recaudación e inspección.
Por acuerdo del Pleno de fecha 27 de octubre de 2023, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y
56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de
treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en el portal de transparencia de este Ayuntamiento.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
En Bustarviejo, a 2 de noviembre de 2023.—El alcalde-presidente, Tanausu Luis Perera.
(03/18.495/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 273
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JUEVES 16 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 261
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
BUSTARVIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20231116-52
Acuerdo del Pleno ordinario de fecha 27 de octubre de 2023 del Ayuntamiento de Bustarviejo por el que se aprueban inicialmente la modificación de varias ordenanzas.
Aprobadas inicialmente las modificaciones de:
— Ordenanza número 1, impuesto bienes inmuebles.
— Ordenanza número 4, impuesto incremento del valor de los terrenos de naturaleza
urbana.
— Ordenanza número 5, tasa por prestación del servicio de recogida y tratamiento de
residuos urbanos.
— Ordenanza número 17, tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial
del dominio público.
— Ordenanza número 21, precio público por la utilización con fines publicitarios de
los medios de titularidad municipal.
— Ordenanza número 26, ordenanza general de gestión, recaudación e inspección.
Por acuerdo del Pleno de fecha 27 de octubre de 2023, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y
56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de
treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en el portal de transparencia de este Ayuntamiento.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
En Bustarviejo, a 2 de noviembre de 2023.—El alcalde-presidente, Tanausu Luis Perera.
(03/18.495/23)
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ISSN 1989-4791