D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231116-41)
Convenio – Convenio de 9 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Madrileña Audiovisual (AMA), para la organización conjunta de la IX Edición de la “Ventana Cinemad”, correspondiente al año 2023
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 273
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 139
6. Acordar con la Comunidad de Madrid el programa de la presente edición de la
“Ventana CineMad”, que incluirá, entre otras acciones, la realización de mesas redondas y
actividades en las que los profesionales madrileños tengan un papel relevante.
7. La Comunidad de Madrid participará junto a la Asociación Madrileña Audiovisual, en cualquier acto en el que se presente este evento o en cualquier acción en el que se
reclame la participación de la “Ventana CineMad”.
8. Cualquier nota informativa o elemento publicitario relativos a la “Ventana CineMad”
deberá contar con la aprobación expresa de la Comunidad de Madrid e incluirá el logotipo
de la misma.
9. La imagen de la “Ventana CineMad” será pactada entre las partes.
Tercera
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
1. Aportar, a través de la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería
de Cultura, Turismo y Deportes, a la Asociación Madrileña Audiovisual cincuenta y nueve
mil novecientos sesenta y siete mil euros con sesenta céntimos (59.967,60 euros) destinados a financiar los gastos de ejecución del citado evento.
2. Seleccionar los participantes en el evento, de acuerdo con AMA.
3. Aprobar las compañías aéreas que se utilicen en el transporte de invitados y los establecimientos hoteleros en que se alojarán las delegaciones.
4. Seleccionar los proyectos y los ponentes y, así como coordinar los contenidos de
las mesas redondas, de las conferencias y de las presentaciones que se realizarán en la
“Ventana CineMad”, en colaboración con AMA.
5. Decidir los espacios donde se realizarán las actividades de la presente edición de
la “Ventana CineMad”, en colaboración con AMA.
6. Coordinar la imagen, la campaña publicitaria y la campaña de prensa de la edición 2023 de la “Ventana CineMad”.
Quinta
Extinción
El presente convenio podrá resolverse por alguna de las siguientes causas:
— El cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto.
— Declaración judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
— El transcurso del plazo de vigencia.
— El acuerdo unánime de los firmantes.
— Decisión de cualquiera de las partes si sobreviniesen causas que impidiesen o dificultasen de forma significativa la ejecución del objeto del convenio, y siempre que
sea comunicado por escrito a la otra parte en el plazo de un mes.
— Incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por alguna de las
partes. En este caso, la otra parte, una vez intentada sin éxito la conciliación en el
seno de la Comisión de seguimiento, estará facultada para denunciar el convenio,
dando lugar a su extinción, con abono, en su caso, de los daños y perjuicios efectivamente causados y restantes consecuencias legales.
— Cualquier otra prevista en este convenio o en otras leyes.
BOCM-20231116-41
Cuarta
Comisión de seguimiento
Se creará una comisión mixta paritaria de vigilancia, control y seguimiento que, además de resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse,
con el fin de adecuarse a las diversas circunstancias imprevistas que se pudiesen producir,
funcionará como órgano de coordinación de las diversas acciones que resulten necesarias
para la correcta ejecución del objeto del presente convenio.
El funcionamiento de dicha Comisión Mixta, se regulará por lo dispuesto en los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Dicha comisión estará integrada por dos representantes de la Asociación Madrileña
Audiovisual y dos representantes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
Ejercerá las funciones de Presidente de esta comisión, el titular de la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, o persona en
quien delegue, y de Secretario, con voz pero sin voto, un funcionario adscrito a la misma.
El Presidente tendrá voto dirimente en caso de empate.
B.O.C.M. Núm. 273
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 139
6. Acordar con la Comunidad de Madrid el programa de la presente edición de la
“Ventana CineMad”, que incluirá, entre otras acciones, la realización de mesas redondas y
actividades en las que los profesionales madrileños tengan un papel relevante.
7. La Comunidad de Madrid participará junto a la Asociación Madrileña Audiovisual, en cualquier acto en el que se presente este evento o en cualquier acción en el que se
reclame la participación de la “Ventana CineMad”.
8. Cualquier nota informativa o elemento publicitario relativos a la “Ventana CineMad”
deberá contar con la aprobación expresa de la Comunidad de Madrid e incluirá el logotipo
de la misma.
9. La imagen de la “Ventana CineMad” será pactada entre las partes.
Tercera
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
1. Aportar, a través de la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería
de Cultura, Turismo y Deportes, a la Asociación Madrileña Audiovisual cincuenta y nueve
mil novecientos sesenta y siete mil euros con sesenta céntimos (59.967,60 euros) destinados a financiar los gastos de ejecución del citado evento.
2. Seleccionar los participantes en el evento, de acuerdo con AMA.
3. Aprobar las compañías aéreas que se utilicen en el transporte de invitados y los establecimientos hoteleros en que se alojarán las delegaciones.
4. Seleccionar los proyectos y los ponentes y, así como coordinar los contenidos de
las mesas redondas, de las conferencias y de las presentaciones que se realizarán en la
“Ventana CineMad”, en colaboración con AMA.
5. Decidir los espacios donde se realizarán las actividades de la presente edición de
la “Ventana CineMad”, en colaboración con AMA.
6. Coordinar la imagen, la campaña publicitaria y la campaña de prensa de la edición 2023 de la “Ventana CineMad”.
Quinta
Extinción
El presente convenio podrá resolverse por alguna de las siguientes causas:
— El cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto.
— Declaración judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
— El transcurso del plazo de vigencia.
— El acuerdo unánime de los firmantes.
— Decisión de cualquiera de las partes si sobreviniesen causas que impidiesen o dificultasen de forma significativa la ejecución del objeto del convenio, y siempre que
sea comunicado por escrito a la otra parte en el plazo de un mes.
— Incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por alguna de las
partes. En este caso, la otra parte, una vez intentada sin éxito la conciliación en el
seno de la Comisión de seguimiento, estará facultada para denunciar el convenio,
dando lugar a su extinción, con abono, en su caso, de los daños y perjuicios efectivamente causados y restantes consecuencias legales.
— Cualquier otra prevista en este convenio o en otras leyes.
BOCM-20231116-41
Cuarta
Comisión de seguimiento
Se creará una comisión mixta paritaria de vigilancia, control y seguimiento que, además de resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse,
con el fin de adecuarse a las diversas circunstancias imprevistas que se pudiesen producir,
funcionará como órgano de coordinación de las diversas acciones que resulten necesarias
para la correcta ejecución del objeto del presente convenio.
El funcionamiento de dicha Comisión Mixta, se regulará por lo dispuesto en los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Dicha comisión estará integrada por dos representantes de la Asociación Madrileña
Audiovisual y dos representantes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
Ejercerá las funciones de Presidente de esta comisión, el titular de la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, o persona en
quien delegue, y de Secretario, con voz pero sin voto, un funcionario adscrito a la misma.
El Presidente tendrá voto dirimente en caso de empate.