C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231116-18)
Concesión ayudas – Orden 4205/2023, de 5 de noviembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria efectuada por la Orden 2640/2023, del Consejero De Educación, Ciencia y Universidades, de ayudas destinadas a los investigadores de la modalidad 1 del Programa de Atracción de Talento Investigador de la Comunidad de Madrid, para su contratación y realización de actividades de I+D durante un periodo adicional de un año con cargo al presupuesto del ejercicio 2023
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BOCM
Pág. 50
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 273
Cuarto
La formalización de los contratos de los investigadores se realizará según lo dispuesto en el apartado decimotercero de la Orden 2640/2023, de 18 de julio. En todo caso, la fecha de inicio de los contratos y, por consiguiente, del inicio de ejecución de las ayudas deberá producirse antes de la finalización del año 2024.
Los contratos de los investigadores seleccionados serán a tiempo completo, tendrán
una duración mínima de un año a partir de la fecha de incorporación del investigador a su
puesto de trabajo, y son incompatibles con la vigencia de cualquier otro contrato laboral.
En el caso que los investigadores tuvieran un contrato indefinido según la legislación
laboral vigente, en el mismo plazo se deberá enviar adenda donde se haga constar la financiación de la Comunidad de Madrid.
Si con la financiación adicional se procede a la contratación de personal laboral de
apoyo a la investigación, la oferta de plazas deberá hacerse pública, como mínimo y de forma obligatoria, a través del portal EURAXESS de la Comisión Europea.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente al
de su publicación o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el
plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
Madrid, a 5 de noviembre de 2023.
BOCM-20231116-18
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
Pág. 50
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 273
Cuarto
La formalización de los contratos de los investigadores se realizará según lo dispuesto en el apartado decimotercero de la Orden 2640/2023, de 18 de julio. En todo caso, la fecha de inicio de los contratos y, por consiguiente, del inicio de ejecución de las ayudas deberá producirse antes de la finalización del año 2024.
Los contratos de los investigadores seleccionados serán a tiempo completo, tendrán
una duración mínima de un año a partir de la fecha de incorporación del investigador a su
puesto de trabajo, y son incompatibles con la vigencia de cualquier otro contrato laboral.
En el caso que los investigadores tuvieran un contrato indefinido según la legislación
laboral vigente, en el mismo plazo se deberá enviar adenda donde se haga constar la financiación de la Comunidad de Madrid.
Si con la financiación adicional se procede a la contratación de personal laboral de
apoyo a la investigación, la oferta de plazas deberá hacerse pública, como mínimo y de forma obligatoria, a través del portal EURAXESS de la Comisión Europea.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente al
de su publicación o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el
plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
Madrid, a 5 de noviembre de 2023.
BOCM-20231116-18
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO