D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231115-34)
Convenio –  Convenio de 25 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y la Mancomunidad del Este, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención por importe de 960.161,52 euros, para financiar la gestión de los residuos domésticos de los municipios integrantes de la Mancomunidad del Este durante el año 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 272

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE NOVIEMBRE DE 2023

Pág. 143

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
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CONVENIO de 25 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y la Mancomunidad del Este, en
virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención por importe de 960.161,52 euros, para financiar la gestión de los residuos domésticos de
los municipios integrantes de la Mancomunidad del Este durante el año 2023.
REUNIDOS

De una parte, el Ilmo. Sr. D. José Ignacio Tejerina Alfaro, Secretario General Técnico
de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior en virtud del Decreto 121/2021,
de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se dispone su nombramiento (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 1 de julio de 2021), actuando conforme a las atribuciones que le confiere la Orden 369/2022, del 24 de febrero, por la que se
delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra
el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las
mesas de contratación de la Consejería.
De otra, doña Judith Piquet Flores, la Ilma. Presidenta de la Mancomunidad del Este,
quien fue elegida el 7 de septiembre de 2023, ostentando todas las facultades legales, y de
representación de la Mancomunidad, tal como se dispone en el artículo 135 de la Ley 2/2003,
de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid (LALCM).
EXPONEN
La Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid, la Ley 7/2022,
de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, y la Ley 27/2013,
de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, atribuyen a las entidades locales una serie de competencias en materia de recogida, transporte y
tratamiento de residuos.
Concretamente, el artículo 5.1 de la Ley 5/2003, de 20 de marzo, determina que son
las Entidades Locales las competentes para la gestión de los residuos urbanos o municipales, de acuerdo con los objetivos establecidos por la Comunidad de Madrid.
El artículo 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, modificados por la Ley 27/2013,
de 27 de diciembre, en lo que respecta a las competencias de las Entidades Locales en la
gestión de residuos sólidos urbanos, quedo establecida la competencia para todos los
municipios de la recogida de residuos y para los de tengan más de 5.000 habitantes al
tratamiento de los residuos.
Por su parte, la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, tiene como objeto principal modificar la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como el
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2006 de 5 de marzo, también atribuye a las diputaciones provinciales una
serie de competencias que, en el caso de la Comunidad de Madrid, en virtud del artículo 36
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, serán asumidas por ella misma al tener carácter uniprovincial.
La Ley 7/2022, de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía
circular, establece el régimen de competencias de la planificación, la prevención y la gestión de los residuos en España, atribuyendo distintas responsabilidades en esta materia a
la Administración General del Estado, a las Comunidades Autónomas y a las Entidades
Locales.
Por lo que se refiere a las competencias de la Comunidad de Madrid y de las Entidades Locales, estas quedan determinadas por el artículo 12, epígrafes 4 y 5 respectivamente
de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular y en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

BOCM-20231115-34

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