D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231111-6)
Convenio – Adenda de modificación del convenio de colaboración de 25 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65)
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BOCM
Pág. 18
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 11 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 269
Segunda
Vigencia
BOCM-20231111-6
La presente Adenda de Modificación entrará en vigor desde el momento de su firma
hasta la fecha de finalización del Convenio de colaboración suscrito, conforme a lo dispuesto en la cláusula decimotercera del mismo, salvo denuncia expresa de incumplimiento o
resolución formulada por cualquiera de las partes, sin posibilidad de prórroga de los mismos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente
Adenda de Modificación. En el caso de que el convenio sea firmado electrónicamente, su
fecha será la correspondiente a la firma de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 25 de octubre de 2023.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—La Presidenta de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, Juana Iris Álvarez Ruiz.
(03/18.337/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 18
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 11 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 269
Segunda
Vigencia
BOCM-20231111-6
La presente Adenda de Modificación entrará en vigor desde el momento de su firma
hasta la fecha de finalización del Convenio de colaboración suscrito, conforme a lo dispuesto en la cláusula decimotercera del mismo, salvo denuncia expresa de incumplimiento o
resolución formulada por cualquiera de las partes, sin posibilidad de prórroga de los mismos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente
Adenda de Modificación. En el caso de que el convenio sea firmado electrónicamente, su
fecha será la correspondiente a la firma de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 25 de octubre de 2023.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—La Presidenta de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, Juana Iris Álvarez Ruiz.
(03/18.337/23)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791