Fuenlabrada (BOCM-20231110-90)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 268

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
90

FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local de 3 de noviembre de 2023 (urgencia,
punto 23.7), por el que se aprueba el gasto y la convocatoria de subvenciones del programa
Fuenbuses-Fuentrenes 2023-2024, para reducir los gastos de transporte de las actividades
fuera del centro educativo.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ).
Primero. Beneficiarios.—Se consideran beneficiarios, los centros educativos de la
localidad con el siguiente detalle:
— Escuelas Infantiles y Casas de Niños públicas de Fuenlabrada.
— Centros públicos de Educación Infantil y Primaria y Ceipsos de Fuenlabrada.
— Institutos de Educación Secundaria de Fuenlabrada.
— Centros de Educación Especial de Fuenlabrada.
— Centro de Educación Permanente de Adultos de Fuenlabrada.
— Colegios concertados de Fuenlabrada.
Segundo. Objeto.—Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para sufragar gastos de transporte, en los que se incurra durante la realización de actividades escolares fuera del centro educativo. Deberán realizarse entre el 16 de noviembre de 2023 y 15 de
noviembre de 2024, de 1 día de duración y en un radio de 300 km, desde el centro educativo, así como gastos de traslado a granjas escuela u otros centros de interés educativo de más
de 1 día de duración, donde el autobús tenga que realizar viajes de ida y vuelta al principio
y al final de la actividad.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto. Importe.—El importe asignado a estas ayudas asciende a 167.500,00 euros,
con cargo a la aplicación presupuestaria 5031-326-48900. A cada centro solicitante se le
asigna un importe máximo a conceder, calculado en función de los datos facilitados por el
Servicio de Escolarización de la DAT SUR de Fuenlabrada, a fecha 10 de octubre de 2023
(anexo V). Además, se ha procedido a la aplicación de unos coeficientes de bonificación
adicional, en función de la tipología del centro educativo.
Quinto. Plazo presentación solicitudes.—Se establece como plazo de diez días hábiles desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dicha solicitud y documentos podrán presentarse preferiblemente
a través de sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada, o a través de las sedes electrónicas de las Administraciones Públicas, en el Registro Auxiliar de entradas de la Concejalía de Educación y Juntas de Distrito, o en el Registro General del Ayuntamiento de Fuenlabrada, previa petición de cita.
Sexto. Pago.—Se procederá al pago de la subvención de manera anticipada por la totalidad, mediante transferencia a la cuenta bancaria que conste en la solicitud.
Para la justificación, se establece como fecha máxima de presentación el 30 de noviembre de 2024, mediante la documentación requerida en la convocatoria (artículo 14).
Fuenlabrada, a 6 de noviembre de 2023.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala Ortega.
(03/18.738/23)
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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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BDNS: 725069