Alpedrete (BOCM-20231110-79)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 384
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 268
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79
ALPEDRETE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Por decreto de Alcaldía 1609/2023, de 24 de octubre, se ha resuelto lo siguiente:
“Decreto 1609/2023
BOCM-20231110-79
Según lo dispuesto en el artículo 51 del Código Civil, son competentes para celebrar
los matrimonios civiles, entre otros, los alcaldes de los municipios donde aquéllos se celebren o los concejales en quienes deleguen.
Siendo necesario hacer uso de la posibilidad de delegación de esta atribución legal de
forma indistinta en cualquier concejal de esta Corporación, y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de los Entes Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, respecto a los
acuerdos de delegación de competencias, resuelvo:
Primero.—Delegar indistintamente en todos los concejales de la Corporación, la celebración de los matrimonios civiles que el artículo 51 del Código Civil atribuye a esta Alcaldía.
Segundo.—La atribución delegada se tendrá que ejercer en los términos y dentro de los
límites de esta delegación, no siendo susceptible de ser delegada en ningún otro órgano.
Tercero.—La presente resolución producirá efectos desde la fecha en que se dicte, sin
perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y de la aceptación expresa por parte de los concejales, que se entenderá conferida
salvo renuncia escrita.
Cuarto.—Notificar la presente resolución a los concejales de la Corporación y al Registro Civil de Alpedrete, para su conocimiento y efectos oportunos.
Asimismo, ordenar la publicación del presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto.—Dar cuenta expresa de este decreto en la próxima sesión plenaria que se celebre”.
Alpedrete, a 27 de octubre de 2023.—El alcalde, Juan Rodríguez Fernández Alfaro.
(03/18.165/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 384
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VIERNES 10 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 268
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79
ALPEDRETE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Por decreto de Alcaldía 1609/2023, de 24 de octubre, se ha resuelto lo siguiente:
“Decreto 1609/2023
BOCM-20231110-79
Según lo dispuesto en el artículo 51 del Código Civil, son competentes para celebrar
los matrimonios civiles, entre otros, los alcaldes de los municipios donde aquéllos se celebren o los concejales en quienes deleguen.
Siendo necesario hacer uso de la posibilidad de delegación de esta atribución legal de
forma indistinta en cualquier concejal de esta Corporación, y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de los Entes Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, respecto a los
acuerdos de delegación de competencias, resuelvo:
Primero.—Delegar indistintamente en todos los concejales de la Corporación, la celebración de los matrimonios civiles que el artículo 51 del Código Civil atribuye a esta Alcaldía.
Segundo.—La atribución delegada se tendrá que ejercer en los términos y dentro de los
límites de esta delegación, no siendo susceptible de ser delegada en ningún otro órgano.
Tercero.—La presente resolución producirá efectos desde la fecha en que se dicte, sin
perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y de la aceptación expresa por parte de los concejales, que se entenderá conferida
salvo renuncia escrita.
Cuarto.—Notificar la presente resolución a los concejales de la Corporación y al Registro Civil de Alpedrete, para su conocimiento y efectos oportunos.
Asimismo, ordenar la publicación del presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto.—Dar cuenta expresa de este decreto en la próxima sesión plenaria que se celebre”.
Alpedrete, a 27 de octubre de 2023.—El alcalde, Juan Rodríguez Fernández Alfaro.
(03/18.165/23)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791