Robledo de Chavela (BOCM-20231108-81)
Régimen económico. Ordenanza fiscal precio público aparcamiento
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BOCM
Pág. 230
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 266
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
81
ROBLEDO DE CHAVELA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Acuerdo del Pleno de fecha 22 de agosto de 2023, de la Entidad de Robledo de Chavela, por el que se aprueba definitivamente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de los precios públicos por la prestación del servicio de aparcamiento subterráneo.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de fecha 14 de
agosto de 2023 de la modificación ordenanza fiscal reguladora de los precios públicos por
la prestación del servicio de aparcamiento subterráneo, cuyo texto íntegro se hace público
para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de reguladora de los precios públicos
por la prestación del servicio de aparcamiento subterráneo en los términos de modificación
del artículo 3:
— Donde dice: “1. Primera media hora: gratuita”.
— Debe decir: “1. Primera hora: gratuita”.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, a
contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Robledo de Chavela, a 25 de octubre de 2023.—El alcalde, Mario Anselmo de la Fuente
Estévez.
BOCM-20231108-81
(03/18.018/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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ROBLEDO DE CHAVELA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Acuerdo del Pleno de fecha 22 de agosto de 2023, de la Entidad de Robledo de Chavela, por el que se aprueba definitivamente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de los precios públicos por la prestación del servicio de aparcamiento subterráneo.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de fecha 14 de
agosto de 2023 de la modificación ordenanza fiscal reguladora de los precios públicos por
la prestación del servicio de aparcamiento subterráneo, cuyo texto íntegro se hace público
para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de reguladora de los precios públicos
por la prestación del servicio de aparcamiento subterráneo en los términos de modificación
del artículo 3:
— Donde dice: “1. Primera media hora: gratuita”.
— Debe decir: “1. Primera hora: gratuita”.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, a
contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Robledo de Chavela, a 25 de octubre de 2023.—El alcalde, Mario Anselmo de la Fuente
Estévez.
BOCM-20231108-81
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ISSN 1989-4791