Daganzo de Arriba (BOCM-20231107-55)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 265
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 159
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55
DAGANZO DE ARRIBA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20231107-55
El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo, en sesión extraordinaria celebrada, el día 23
de octubre de 2023, acordó la modificación de la ordenanza fiscal F-11, reguladora de la
tasa sobre recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública
por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.
Daganzo de Arriba, a 24 de octubre de 2023.—El alcalde-presidente (firmado).
(03/17.904/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 265
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MARTES 7 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 159
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55
DAGANZO DE ARRIBA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20231107-55
El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo, en sesión extraordinaria celebrada, el día 23
de octubre de 2023, acordó la modificación de la ordenanza fiscal F-11, reguladora de la
tasa sobre recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública
por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.
Daganzo de Arriba, a 24 de octubre de 2023.—El alcalde-presidente (firmado).
(03/17.904/23)
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ISSN 1989-4791