C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231107-17)
Plan estratégico ayudas –  Orden de 24 de octubre de 2023, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión directa de ayudas destinadas a proyectos de digitalización de la pyme madrileña, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del Programa de la Comunidad de Madrid 2021-2027
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 265

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE NOVIEMBRE DE 2023

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Para ello, se subvencionan los gastos derivados de la adquisición, renovación o extensión de inversiones materiales o inmateriales y consultoría externa de proyectos relacionados con la introducción de tecnologías digitales en la empresa, tales como: plataformas colaborativas, ciberseguridad, fabricación aditiva, sensores, etc.
La cuantía de la subvención depende del tipo de gasto presentado, del tamaño de la empresa y de la ubicación geográfica de esta. En todo caso, está limitada a 250.000 euros para
las medianas empresas y 350.000 euros para las pequeñas empresas. El límite máximo de
subvención por gastos de consultoría es de 20.000 euros.
3. Costes presupuestarios previstos y fuentes de financiación
En el ejercicio económico 2024, se destinarán inicialmente para estas ayudas
8.000.000 euros. En las sucesivas anualidades, hasta 2026, se prevé mantener esta dotación.
La financiación de estas ayudas se llevará a cabo con cargo al subconcepto 79000 “Modernización, dinamización y difusión tecnológica” del programa 463A “Competitividad” de
los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid de cada año.
Estas ayudas también están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional
(FEDER) en el marco del Programa de la Comunidad de Madrid para el período 2021-2027.
4. Plazo de ejecución
El presente Plan Estratégico tendrá vigencia para el período 2024-2026, sin perjuicio
de que las actuaciones subvencionadas puedan tener continuidad en ejercicios posteriores.
El procedimiento para el otorgamiento de estas ayudas es el de concesión directa y el plazo de presentación de solicitudes está abierto indefinidamente desde el 6 de enero de 2023.
Las solicitudes se tramitarán y resolverán por orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos declarados disponibles en cada ejercicio presupuestario.
5. Plan de acción
Estas subvenciones van dirigidas a pequeñas y medianas empresas constituidas como
sociedades mercantiles, con personalidad jurídica propia, que dispongan de un centro de
trabajo en la Comunidad de Madrid.
Su actividad económica ha de estar incluida dentro de la sección primera, divisiones 2,
3 y 4 del anexo I del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que
se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos en los que la suma del importe de
los gastos subvencionables previstos, referidos a las inversiones materiales, inmateriales y
de consultoría, supongan, como mínimo, 60.000 euros.
El devengo y pago de los gastos subvencionables debe producirse desde la fecha de
presentación de la solicitud de la ayuda hasta el 15 de septiembre del mismo ejercicio.
6. Efectos
Con estas ayudas se persigue que las pequeñas y medianas empresas madrileñas
puedan compensar parcialmente los gastos derivados de inversiones realizadas en proyectos cuyo objetivo es la implementación de tecnologías para la digitalización de sus
procesos, productos y servicios.
Se pretende así contribuir a la mejora de la competitividad de las pymes de nuestra región gracias a un proceso de digitalización que permita los cambios organizativos necesarios para aumentar su productividad.
Se establecen como indicadores del cumplimiento de los objetivos de esta línea de
ayudas los siguientes:
— Número de solicitudes presentadas.
— Número de empresas beneficiarias según actividad económica.
— Número de empresas beneficiarias por municipio.
8. Seguimiento y control
La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, el Tribunal de Cuentas, la Cámara
de Cuentas y la Intervención General de la Comunidad de Madrid podrán realizar las comprobaciones necesarias respecto al destino y aplicación de las ayudas concedidas. Podrán
igualmente realizar las visitas que sean precisas a las instalaciones del beneficiario, que es-

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7. Indicadores del grado de cumplimiento de objetivos y resultados