C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231107-17)
Plan estratégico ayudas –  Orden de 24 de octubre de 2023, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión directa de ayudas destinadas a proyectos de digitalización de la pyme madrileña, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del Programa de la Comunidad de Madrid 2021-2027
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 265

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE NOVIEMBRE DE 2023

Pág. 57

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ORDEN de 24 de octubre de 2023, de la Consejera de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión directa de ayudas destinadas a proyectos de digitalización de la pyme madrileña, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER),
en el marco del Programa de la Comunidad de Madrid 2021-2027.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1 que los órganos de las Administraciones Públicas que propongan el establecimiento de subvenciones deberán, con carácter previo, concretar en un plan estratégico
de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Por su parte, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de
Madrid, en su artículo 4 bis, recoge esta misma obligación en idénticos términos.
Asimismo, resultan de aplicación los artículos 10 a 15 del Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Subvenciones. El
artículo 11 establece que se puedan aprobar planes estratégicos especiales, de ámbito inferior al correspondiente a una Consejería, cuando su importancia justifique su desarrollo particularizado.
En este sentido, el Plan Industrial de la Comunidad de Madrid 2020-2025, ideado
como la máxima herramienta de planificación de actuaciones regionales en materia de política industrial, busca generar unas condiciones adecuadas que contribuyan al incremento
de la competitividad de éstas, estableciendo para ello tres iniciativas emblemáticas como líneas estratégicas que se concretan en seis objetivos.
Por otra parte, el nuevo Programa FEDER de la Comunidad de Madrid 2021-2027
abarca tres objetivos políticos definidos en el artículo 5 del Reglamento (UE) 2021/1060 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, de Disposiciones Comunes. El
primero de ellos consiste en conseguir una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad regional a las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
Este objetivo político se concreta en objetivos o prioridades específicas, entre las que
destaca el 1.2: aprovechar las ventajas que ofrece la digitalización a los ciudadanos, las empresas, las organizaciones de investigación y las administraciones públicas.
La presente línea de subvenciones contribuye en gran medida al cumplimiento de los
fines del citado Plan Industrial y, en particular, al objetivo 2 relacionado con el aumento de
la competitividad y el crecimiento y la mejora del sistema de negocios.
Del mismo modo, constituye una de las medidas fundamentales para apoyar a las
pymes en la digitalización de sus procesos y contribuir así a la consecución del referido objetivo 1.2 del Programa de la Comunidad de Madrid 2021-2027.
Este Plan Estratégico de Subvenciones será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID dentro de los veinte días siguientes a su aprobación, en virtud de
lo establecido en la Ley 10/2019, de 1 de abril, de Transparencia y de Participación de la
Comunidad de Madrid.
Asimismo, se procederá a su publicación en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Dando cumplimiento a estos preceptos, y de acuerdo con el artículo 41.l) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
en relación con lo dispuesto en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid,

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