Perales de Tajuña (BOCM-20231106-60)
Organización y funcionamiento. Régimen dedicación
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 264

LUNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2023

Pág. 131

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60

PERALES DE TAJUÑA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 19 de octubre de 2023 adoptó, entre
otros, el siguiente acuerdo:
MODIFICACIÓN DEDICACIÓN CONCEJALÍA DE SEGURIDAD, CULTURA,
DEPORTES, TURISMO, FESTEJOS, MUJER Y MAYORES Y RETRIBUCIONES
DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.4 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se acuerda:
Primero.—Modificar, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la prestación de
servicios en régimen de dedicación parcial, pasando a ser de dedicación exclusiva el cargo
de concejala de Seguridad, Cultura, Deportes, Turismo, Festejos, Mujer y Mayores, con una
presencia efectiva de 37,5 horas.
Segundo.—Aprobar, a tenor de lo dispuesto en el artículo 75 bis de régimen retributivo de los miembros de las Corporaciones Locales y del personal al servicio de las Entidades Locales de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y
según la disposición adicional nonagésima de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de Estado, que se reproduce literalmente:
“De conformidad con lo previsto en el artículo 75 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, según la redacción dada por la Ley 27/2013,
de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, y considerando lo dispuesto en el artículo 22 de la presente Ley, el límite máximo total que pueden percibir los miembros de las Corporaciones Locales por todos los conceptos retributivos y asistencias, excluidos los trienios a los que, en su caso, tengan derecho aquellos
funcionarios de carrera que se encuentren en situación de servicios especiales, será el que
se recoge a continuación, atendiendo a su población”, la propuesta de Alcaldía de asignación de retribuciones, en función del régimen de dedicación propuesto, de las cantidades especificadas a continuación:
RETRIBUCIÓN
BRUTA/AÑO €

PRESENCIA
EFECTIVA

%
DEDICACIÓN

Alcaldía Presidencia

39.000,00

37,5 horas

100

Concejalías de Urbanismo, Mantenimiento, Personal, Educación y Servicios Sociales

22.000,00

37,5 horas

100

Concejalías de Seguridad, Cultura, Deportes, Turismo, Festejos, Mujer y Mayores
Concejalías de de Economía y Hacienda, Medio Ambiente, Comercio y Empleo
Concejalías de Comunicación, Nuevas Tecnologías y Juventud
Concejalía de Agricultura
€ TOTAL

20.000,00

37,5 horas

100

Sin retribución

11,70 horas

31,19

2.800,00

5,66 horas

15,10

Sin retribución

11,70 horas

31,19

83.800,00

Tercero.—Publicar de forma íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento el Acuerdo del Pleno, adoptado previo Informe de Intervención, a los efectos de su general conocimiento.
Asimismo, publicar la resolución en la sede electrónica de este Ayuntamiento
( http://ayto-peralestajuna.sedelectronica.es ).
Cuarto.—Notificar dicho Acuerdo a los interesados y al Servicio de Personal e Intervención para su conocimiento y efectos.
Perales de Tajuña, a 24 de octubre de 2023.—El secretario-interventor, Gonzalo Palacio
Sánchez.
(03/17.829/23)
http://www.bocm.es

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ISSN 1989-4791

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