C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231106-32)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 4217/2023, de 1 de noviembre, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica la Orden 1891/2023, de 29 de mayo, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de las becas de comedor escolar, durante el período lectivo del curso 2023-2024
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 264
LUNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 95
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
32
EXTRACTO de la Orden 4217/2023, de 1 de noviembre, de la Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica la Orden 1891/2023,
de 29 de mayo, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para
la concesión directa de las becas de comedor escolar, durante el período lectivo
del curso 2023-2024.
BDNS: 700912
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Orden por la que
se modifica la Orden 1891/2023, de 29 de mayo, por la que se declara el importe de los créditos disponibles, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index ), en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la página web institucional de la Comunidad
de Madrid ( www.comunidad.madrid ).
Primero
Créditos disponibles
El importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de
contenido económico derivadas de la concesión directa de becas para el comedor escolar
durante el curso 2023-2024 es de 56.400.000 euros, correspondiendo 27.200.000 a la anualidad de 2023 y 29.200.000 euros a la anualidad de 2024.
Este crédito podrá ser incrementado en el caso de que existan solicitudes que reúnan
los requisitos establecidos en las normas reguladoras y no puedan ser atendidas con el crédito previsto en el párrafo anterior.
Segundo
Efectos
La presente Orden surtirá efectos desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 1 de noviembre de 2023.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20231106-32
(03/18.467/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 264
LUNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 95
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Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
32
EXTRACTO de la Orden 4217/2023, de 1 de noviembre, de la Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica la Orden 1891/2023,
de 29 de mayo, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para
la concesión directa de las becas de comedor escolar, durante el período lectivo
del curso 2023-2024.
BDNS: 700912
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Orden por la que
se modifica la Orden 1891/2023, de 29 de mayo, por la que se declara el importe de los créditos disponibles, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index ), en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la página web institucional de la Comunidad
de Madrid ( www.comunidad.madrid ).
Primero
Créditos disponibles
El importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de
contenido económico derivadas de la concesión directa de becas para el comedor escolar
durante el curso 2023-2024 es de 56.400.000 euros, correspondiendo 27.200.000 a la anualidad de 2023 y 29.200.000 euros a la anualidad de 2024.
Este crédito podrá ser incrementado en el caso de que existan solicitudes que reúnan
los requisitos establecidos en las normas reguladoras y no puedan ser atendidas con el crédito previsto en el párrafo anterior.
Segundo
Efectos
La presente Orden surtirá efectos desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 1 de noviembre de 2023.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20231106-32
(03/18.467/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791