C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231106-34)
Delegación competencias – Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 97
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
34
RESOLUCIÓN de 19 de octubre de 2023, de la Secretaría General Técnica de la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se delega el
ejercicio de determinadas competencias.
Mediante Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, dictado en virtud de lo dispuesto en el artículo 19.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
En el artículo 8 del mencionado decreto se incluye la creación de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, a la que se le atribuyen las competencias hasta entonces correspondientes a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, con
excepción de las competencias en materia de vivienda, e igualmente, le corresponden las
competencias en materia de Interior y Dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.
Posteriormente, mediante Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, se
establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. En
el artículo 7 de dicho decreto se establece la estructura básica de la Consejería de Medio
Ambiente, Agricultura e Interior, de la que forma parte la Secretaría General Técnica.
En consonancia con ello se ha aprobado el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en cuyo artículo 17 se atribuye al titular de la Secretaría General Técnica diversas competencias en materia de ordenación y gestión del juego.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su artículo 9, apartado 1, dispone que “Los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la
misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquéllas (…)”.
En virtud de todo lo anteriormente expuesto,
RESUELVO
Primero
Delegar en la persona titular de la Dirección General de Suelo la resolución de los recursos potestativos de reposición que se interpongan contra los actos y resoluciones dictados en materia de ordenación y gestión del juego.
Segundo
BOCM-20231106-34
La presente resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 19 de octubre de 2023.—El Secretario General Técnico, José Ignacio Tejerina Alfaro.
(03/17.921/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 264
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LUNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2023
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Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
34
RESOLUCIÓN de 19 de octubre de 2023, de la Secretaría General Técnica de la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se delega el
ejercicio de determinadas competencias.
Mediante Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, dictado en virtud de lo dispuesto en el artículo 19.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
En el artículo 8 del mencionado decreto se incluye la creación de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, a la que se le atribuyen las competencias hasta entonces correspondientes a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, con
excepción de las competencias en materia de vivienda, e igualmente, le corresponden las
competencias en materia de Interior y Dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.
Posteriormente, mediante Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, se
establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. En
el artículo 7 de dicho decreto se establece la estructura básica de la Consejería de Medio
Ambiente, Agricultura e Interior, de la que forma parte la Secretaría General Técnica.
En consonancia con ello se ha aprobado el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en cuyo artículo 17 se atribuye al titular de la Secretaría General Técnica diversas competencias en materia de ordenación y gestión del juego.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su artículo 9, apartado 1, dispone que “Los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la
misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquéllas (…)”.
En virtud de todo lo anteriormente expuesto,
RESUELVO
Primero
Delegar en la persona titular de la Dirección General de Suelo la resolución de los recursos potestativos de reposición que se interpongan contra los actos y resoluciones dictados en materia de ordenación y gestión del juego.
Segundo
BOCM-20231106-34
La presente resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 19 de octubre de 2023.—El Secretario General Técnico, José Ignacio Tejerina Alfaro.
(03/17.921/23)
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