Las Rozas de Madrid (BOCM-20231103-74)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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B.O.C.M. Núm. 262

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE NOVIEMBRE DE 2023

Segundo.—A D. Ángel Luis Fernández-Polo Alonso, se le delega el ámbito de los
asuntos referentes a Presidencia y Portavocía del Gobierno, en concreto las siguientes
facultades:
I. En relación con la Presidencia:
1. Dirección y gestión en general de los asuntos correspondientes a relaciones institucionales y políticas, relaciones públicas y protocolo y comunicación política.
2. La Portavocía del Gobierno.
3. Las políticas transversales en materia de innovación en las diferentes concejalías
y con el medio propio municipal (Las Rozas Innova).
4. Las propuestas de innovación en la prestación de servicios por las concejalíasdelegadas.
II. En relación con el Turismo y la Promoción de la Ciudad:
1. Diseño y planificación de las líneas estratégicas en materia de turismo y promoción de la ciudad.
2. Promover, difundir y fomentar las actividades turísticas de su ámbito de actuación
que sirva como elemento promocional de la ciudad.
3. Ofrecer información y sensibilizar sobre los recursos turísticos a todos los Agentes Sociales implicados en el mismo.
4. Fomentar la colaboración con otras Administraciones Públicas o cualesquiera
otras entidades públicas o privadas en relación a la promoción de zonas y recursos turísticos de toda índole.
5. Coordinar y supervisar las relaciones internacionales del Ayuntamiento, en especial, la política de hermanamientos y el desarrollo de las relaciones con las localidades hermanadas.
Tercero.—A D.a Gloria Fernández Álvarez, se delega el ámbito referido a Educación
y Cultura y, en concreto, las siguientes facultades:
I. En relación con el área de Educación:
1. Detección y estudio de las necesidades sociales en materia de Educación.
2. Establecer los criterios y fomentar la participación municipal en la programación
educativa.
3. Asumir las relaciones con las distintas Administraciones Públicas educativas para
la creación, construcción y sostenimiento de los centros docentes públicos y participar en
la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.
4. Programar y coordinar la oferta global de actividades extraescolares en el ámbito
municipal y regular el uso de los centros públicos docentes para actividades educativas, culturales o recreativas complementarias a las docentes.
5. Regular el uso de los centros públicos docentes para actividades educativas, culturales o recreativas complementarias de la docencia.
6. Designar al representante del Ayuntamiento en los distintos Consejos Escolares
de los centros públicos.
II. En relación con el área de Cultura:
1. Dirigir y gestionar los servicios y actividades relativos a la cultura.
2. Dirigir y gestionar las bibliotecas y centros municipales adscritos a la Concejalía.
3. La Fundación Municipal de Cultura.
4. Dirigir y gestionar la Escuela Municipal de Música y Danza.
5. La programación cultural.
6. Dictar instrucciones para dirigir la actividad de los órganos y organismos que integran su área de gobierno.
III. En relación con el área de Juventud:
1. Dirigir, gestionar y coordinar los servicios y actividades municipales relativos a
Juventud, ocio y tiempo libre, en el marco de la normativa vigente.
2. Informar y asesorar a los jóvenes atendiendo a las demandas específicas.
3. Planificar, organizar y supervisar la ejecución de actividades para jóvenes y para
la ocupación del ocio y del tiempo libre.
IV. En relación con el área de Ferias:
1. Ordenación y control de ferias, congresos y exposiciones.

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