B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO DE “LA PRINCESA” (BOCM-20231102-14)
Convocatoria puesto – Resolución de 9 de octubre de 2023, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario de “La Princesa”, del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe/a de Sección de Endocrinología y Nutrición (Área de Diabetes) en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 261
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 303
MUNIDAD DE MADRID. Este nombramiento tendrá una duración máxima de cuatro años, al
finalizar los cuales se procederá preceptivamente a la consiguiente evaluación de las actividades realizadas en el período precitado.
2. Por razones organizativas o asistenciales debidamente motivadas, previo informe
de la Junta Técnica Asistencial, el/la Director/a Gerente podrá revocar los nombramientos
provisionales que haya expedido.
3. Si el facultativo/a designado está adscrito a otro centro o institución sanitaria del
Servicio Madrileño de Salud se tramitará, con anterioridad a la toma de posesión, una comisión de servicio, al amparo del artículo 39.1 de la Ley 55/2003 del Estatuto Marco, al
Hospital Universitario de “La Princesa”.
4. Si el/la facultativo/a designado/a estuviera adscrito/a a otro Servicio de Salud o
Administración Sanitaria, se precisará la conformidad expresa de la Administración de origen, quedando en la situación administrativa que proceda.
Novena
Recursos
Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, los/as interesados/as
podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante Viceconsejería de Sanidad y Dirección General del SERMAS de la Comunidad de Madrid en el plazo de
un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime
procedente interponer para mejor defensa de sus intereses a través del siguiente enlace
https://sede.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurso-alzada-sanidad
Madrid, a 9 de octubre de 2023.—El Director-Gerente, José Julián Díaz Melguizo.
ANEXO I
BAREMO Y CONTENIDO DE CADA UNA DE LAS FASES
El procedimiento de selección constará de dos fases:
a) Valoración de los méritos relativos al historial profesional de los aspirantes. La
puntuación máxima a obtener en este apartado será de 100 puntos.
b) Valoración de un Proyecto Técnico de Gestión. La puntuación máxima a obtener
en este apartado será de 100 puntos.
La ponderación para ambas fases será:
— 40 por 100 para el Historial Profesional
— 60 por 100 para el Proyecto Técnico de Gestión
Los aspirantes deberán aportar debidamente cumplimentado, el autobaremo incluido
al final de este anexo, así como los documentos acreditativos (originales o fotocopia compulsada) de los méritos alegados
1. Formación universitaria (máximo, 4 puntos):
1.1. Grado de Suficiencia Investigadora/examen de grado/tesina: 1 punto.
1.2. Grado de Doctor: 2 puntos.
1.3. Si el Grado de Doctor se ha obtenido con calificación de “cum laude”, se añadirá 1 punto.
2. Formación especializada (máximo, 10 puntos):
2.1. Facultativos que, para la obtención del título de especialista en la especialidad
de que se trata hayan cumplido el período de formación completo como residente en hospitales con programa acreditado MIR, o bien que hayan cumplido un período de formación
como médico residente, de acuerdo con la normativa anterior al Real Decreto 127/1984, de
al menos dos años de práctica supervisada, profundizando los aspectos teóricos y prácticos
del área correspondiente a su especialidad: 10 puntos.
2.2. Facultativos especialistas que hayan cumplido el período completo de formación
como residentes en centros extranjeros con programa reconocido de docencia para posgraduados en la especialidad de que se trate (de conformidad con la Directiva 75/363/CE de Lu-
BOCM-20231102-14
A) La valoración del Historial Profesional se hará conforme al siguiente baremo
B.O.C.M. Núm. 261
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 303
MUNIDAD DE MADRID. Este nombramiento tendrá una duración máxima de cuatro años, al
finalizar los cuales se procederá preceptivamente a la consiguiente evaluación de las actividades realizadas en el período precitado.
2. Por razones organizativas o asistenciales debidamente motivadas, previo informe
de la Junta Técnica Asistencial, el/la Director/a Gerente podrá revocar los nombramientos
provisionales que haya expedido.
3. Si el facultativo/a designado está adscrito a otro centro o institución sanitaria del
Servicio Madrileño de Salud se tramitará, con anterioridad a la toma de posesión, una comisión de servicio, al amparo del artículo 39.1 de la Ley 55/2003 del Estatuto Marco, al
Hospital Universitario de “La Princesa”.
4. Si el/la facultativo/a designado/a estuviera adscrito/a a otro Servicio de Salud o
Administración Sanitaria, se precisará la conformidad expresa de la Administración de origen, quedando en la situación administrativa que proceda.
Novena
Recursos
Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, los/as interesados/as
podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante Viceconsejería de Sanidad y Dirección General del SERMAS de la Comunidad de Madrid en el plazo de
un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime
procedente interponer para mejor defensa de sus intereses a través del siguiente enlace
https://sede.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurso-alzada-sanidad
Madrid, a 9 de octubre de 2023.—El Director-Gerente, José Julián Díaz Melguizo.
ANEXO I
BAREMO Y CONTENIDO DE CADA UNA DE LAS FASES
El procedimiento de selección constará de dos fases:
a) Valoración de los méritos relativos al historial profesional de los aspirantes. La
puntuación máxima a obtener en este apartado será de 100 puntos.
b) Valoración de un Proyecto Técnico de Gestión. La puntuación máxima a obtener
en este apartado será de 100 puntos.
La ponderación para ambas fases será:
— 40 por 100 para el Historial Profesional
— 60 por 100 para el Proyecto Técnico de Gestión
Los aspirantes deberán aportar debidamente cumplimentado, el autobaremo incluido
al final de este anexo, así como los documentos acreditativos (originales o fotocopia compulsada) de los méritos alegados
1. Formación universitaria (máximo, 4 puntos):
1.1. Grado de Suficiencia Investigadora/examen de grado/tesina: 1 punto.
1.2. Grado de Doctor: 2 puntos.
1.3. Si el Grado de Doctor se ha obtenido con calificación de “cum laude”, se añadirá 1 punto.
2. Formación especializada (máximo, 10 puntos):
2.1. Facultativos que, para la obtención del título de especialista en la especialidad
de que se trata hayan cumplido el período de formación completo como residente en hospitales con programa acreditado MIR, o bien que hayan cumplido un período de formación
como médico residente, de acuerdo con la normativa anterior al Real Decreto 127/1984, de
al menos dos años de práctica supervisada, profundizando los aspectos teóricos y prácticos
del área correspondiente a su especialidad: 10 puntos.
2.2. Facultativos especialistas que hayan cumplido el período completo de formación
como residentes en centros extranjeros con programa reconocido de docencia para posgraduados en la especialidad de que se trate (de conformidad con la Directiva 75/363/CE de Lu-
BOCM-20231102-14
A) La valoración del Historial Profesional se hará conforme al siguiente baremo