B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231102-9)
Concurso de traslados – Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito autonómico de los Cuerpos de Maestros, Catedráticos, Profesores de Enseñanza Secundaria, Técnicos de Formación Profesional (a extinguir), Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas, y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 261
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 2023
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Pág. 69
el Bachillerato, la Formación Profesional y las enseñanzas de régimen especial y se
establecen las especialidades de los Cuerpos Docentes de Enseñanza Secundaria.
Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñen sus funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Real Decreto 427/2013, de 14 de junio, por el que se establecen las especialidades
docentes del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas vinculadas a las
enseñanzas superiores de Música y de Danza.
Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre, por el que se regula la integración del
profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y se modifican diversos reales decretos relativos al profesorado de enseñanzas no universitarias.
Orden 1275/2014, de 11 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el procedimiento de obtención de la habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros
docentes públicos y en centros privados sostenidos con fondos públicos, de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria, de la Comunidad de
Madrid, modificada por la Orden 1012/2015, de 14 de abril, de la Consejería de
Educación, Juventud y Deporte.
Orden Ministerial de 19 de abril de 1990, por la que se crea el puesto de trabajo de
Educación Musical.
Orden 3331/2010, de 11 de junio, por el que se regulan los institutos bilingües de
la Comunidad de Madrid y su modificación por Orden 29/2013 de 11 de enero.
Orden 5958/2010, de 7 de diciembre, de la Consejería de Educación, por la que se
regulan los colegios públicos bilingües de la Comunidad de Madrid.
Orden 1317/2015, de 7 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el procedimiento de acreditación para impartir el
currículo de Inglés avanzado en los institutos bilingües y en los centros privados
concertados autorizados para impartir el Programa Bilingüe en Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid.
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
Asimismo, a los solos efectos de valoración del apartado de experiencia, se tendrá
en cuenta lo previsto en la Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo
del Tribunal Supremo 1081/2022, de 21 de julio de 2022, que es de obligado cumplimiento para las administraciones públicas.
Segunda
Las plazas que se convocan son, al menos, las vacantes existentes o que se produzcan
hasta el 31 de diciembre de 2023, siempre que su funcionamiento se encuentre previsto en
la planificación general educativa.
Estas vacantes podrán incrementarse en función de la planificación general educativa,
así como con las plazas que se doten, en su caso, en los centros cuyo comienzo de actividades esté previsto para el curso 2024/2025.
Las plazas vacantes para el curso 2024/2025 se publicarán, relacionadas por centros,
con anterioridad a la resolución del presente concurso de acuerdo con lo previsto en las bases octava y novena.
La Comunidad de Madrid podrá suprimir aquellas vacantes publicadas inicialmente,
cuando se detecte error de definición en las mismas o se trate de plazas cuyo funcionamiento no se encuentre previsto en la planificación escolar o no justifiquen su consolidación en
el tiempo.
Plazas y requisitos según Cuerpos
El presente concurso de traslados se circunscribe al ámbito de la Comunidad de
Madrid, por lo que solo podrán participar los funcionarios de los cuerpos incluidos en la
Base Primera que se encuentren destinados o pertenezcan al ámbito de gestión de la Comu-
BOCM-20231102-9
Plazas convocadas y requisitos para su desempeño. Publicación de las mismas
B.O.C.M. Núm. 261
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 2023
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Pág. 69
el Bachillerato, la Formación Profesional y las enseñanzas de régimen especial y se
establecen las especialidades de los Cuerpos Docentes de Enseñanza Secundaria.
Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñen sus funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Real Decreto 427/2013, de 14 de junio, por el que se establecen las especialidades
docentes del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas vinculadas a las
enseñanzas superiores de Música y de Danza.
Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre, por el que se regula la integración del
profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y se modifican diversos reales decretos relativos al profesorado de enseñanzas no universitarias.
Orden 1275/2014, de 11 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el procedimiento de obtención de la habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros
docentes públicos y en centros privados sostenidos con fondos públicos, de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria, de la Comunidad de
Madrid, modificada por la Orden 1012/2015, de 14 de abril, de la Consejería de
Educación, Juventud y Deporte.
Orden Ministerial de 19 de abril de 1990, por la que se crea el puesto de trabajo de
Educación Musical.
Orden 3331/2010, de 11 de junio, por el que se regulan los institutos bilingües de
la Comunidad de Madrid y su modificación por Orden 29/2013 de 11 de enero.
Orden 5958/2010, de 7 de diciembre, de la Consejería de Educación, por la que se
regulan los colegios públicos bilingües de la Comunidad de Madrid.
Orden 1317/2015, de 7 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el procedimiento de acreditación para impartir el
currículo de Inglés avanzado en los institutos bilingües y en los centros privados
concertados autorizados para impartir el Programa Bilingüe en Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid.
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
Asimismo, a los solos efectos de valoración del apartado de experiencia, se tendrá
en cuenta lo previsto en la Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo
del Tribunal Supremo 1081/2022, de 21 de julio de 2022, que es de obligado cumplimiento para las administraciones públicas.
Segunda
Las plazas que se convocan son, al menos, las vacantes existentes o que se produzcan
hasta el 31 de diciembre de 2023, siempre que su funcionamiento se encuentre previsto en
la planificación general educativa.
Estas vacantes podrán incrementarse en función de la planificación general educativa,
así como con las plazas que se doten, en su caso, en los centros cuyo comienzo de actividades esté previsto para el curso 2024/2025.
Las plazas vacantes para el curso 2024/2025 se publicarán, relacionadas por centros,
con anterioridad a la resolución del presente concurso de acuerdo con lo previsto en las bases octava y novena.
La Comunidad de Madrid podrá suprimir aquellas vacantes publicadas inicialmente,
cuando se detecte error de definición en las mismas o se trate de plazas cuyo funcionamiento no se encuentre previsto en la planificación escolar o no justifiquen su consolidación en
el tiempo.
Plazas y requisitos según Cuerpos
El presente concurso de traslados se circunscribe al ámbito de la Comunidad de
Madrid, por lo que solo podrán participar los funcionarios de los cuerpos incluidos en la
Base Primera que se encuentren destinados o pertenezcan al ámbito de gestión de la Comu-
BOCM-20231102-9
Plazas convocadas y requisitos para su desempeño. Publicación de las mismas