B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231102-7)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se anuncia la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos en los procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, y Profesores Especialista en Sectores Singulares de la Formación Profesional, y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados cuerpos convocados por Resolución de 20 de abril de 2023
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 261
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 39
Cuarto
Subsanaciones y alegaciones. Plazo y lugar de presentación
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la exposición de las listas provisionales, para subsanar el defecto
que haya motivado su exclusión. Los aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales, o no estén conformes con la relación de aspirantes con titulación concordante, habrán de manifestar tal circunstancia en este mismo plazo.
De conformidad con lo establecido en la base 5.1.1 de la Resolución de convocatoria,
las solicitudes de subsanación o alegaciones se presentarán a través de la Aplicación Docente de Oposiciones (ADO).
La presentación de las alegaciones/subsanaciones, se realizará exclusivamente por
medios electrónicos, a través de la Aplicación Docente de Oposiciones (ADO), aplicación
informática habilitada al efecto, que se encuentra disponible en el portal de la Comunidad
de Madrid, cuyo acceso se encuentra en el resuelve tercero de esta resolución. Para ello se
deberán realizar los siguientes pasos:
1.o Seleccionar nueva solicitud.
2.o Elegir el procedimiento convocado por Resolución de 20 de abril de 2023.
3.o Seleccionar la solicitud previamente registrada sobre la que se va a realizar la subsanación.
4.o Exponer el motivo de la alegación/subsanación.
5.o Adjuntar, en su caso, la documentación justificativa de la alegación/subsanación.
6.o Registrar a través de dicha aplicación para que se considere válidamente presentada.
BOCM-20231102-7
Es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid.
Los aspirantes deberán asegurarse que registran la alegación/subsanación en el procedimiento correspondiente. Para verificarlo, los aspirantes podrán descargar y consultar el
documento “PDF” del justificante, en cuya parte superior derecha deberá aparecer el número de registro de la solicitud de participación en el procedimiento convocado por Resolución de 20 abril de 2023, con la fecha y hora de registro de la alegación/subsanación.
No se admitirá en esta fase administrativa la aportación de nueva documentación que
no se haya presentado en el plazo habilitado para ello, ni la modificación de las opciones
establecidas en el apartado 1 de la solicitud de participación.
Si el aspirante no subsana el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, se le
tendrá por desistido de su petición y se le excluirá definitivamente del proceso selectivo.
Con el trámite de subsanación al que se hace alusión en esta base se dará por cumplido el trámite de subsanación y mejora de solicitud al que hace alusión el artículo 68.1 y 68.4
de la Ley 39/2015.
Madrid, a 23 de octubre de 2023.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel
José Zurita Becerril.
(03/17.876/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 261
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 39
Cuarto
Subsanaciones y alegaciones. Plazo y lugar de presentación
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la exposición de las listas provisionales, para subsanar el defecto
que haya motivado su exclusión. Los aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales, o no estén conformes con la relación de aspirantes con titulación concordante, habrán de manifestar tal circunstancia en este mismo plazo.
De conformidad con lo establecido en la base 5.1.1 de la Resolución de convocatoria,
las solicitudes de subsanación o alegaciones se presentarán a través de la Aplicación Docente de Oposiciones (ADO).
La presentación de las alegaciones/subsanaciones, se realizará exclusivamente por
medios electrónicos, a través de la Aplicación Docente de Oposiciones (ADO), aplicación
informática habilitada al efecto, que se encuentra disponible en el portal de la Comunidad
de Madrid, cuyo acceso se encuentra en el resuelve tercero de esta resolución. Para ello se
deberán realizar los siguientes pasos:
1.o Seleccionar nueva solicitud.
2.o Elegir el procedimiento convocado por Resolución de 20 de abril de 2023.
3.o Seleccionar la solicitud previamente registrada sobre la que se va a realizar la subsanación.
4.o Exponer el motivo de la alegación/subsanación.
5.o Adjuntar, en su caso, la documentación justificativa de la alegación/subsanación.
6.o Registrar a través de dicha aplicación para que se considere válidamente presentada.
BOCM-20231102-7
Es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid.
Los aspirantes deberán asegurarse que registran la alegación/subsanación en el procedimiento correspondiente. Para verificarlo, los aspirantes podrán descargar y consultar el
documento “PDF” del justificante, en cuya parte superior derecha deberá aparecer el número de registro de la solicitud de participación en el procedimiento convocado por Resolución de 20 abril de 2023, con la fecha y hora de registro de la alegación/subsanación.
No se admitirá en esta fase administrativa la aportación de nueva documentación que
no se haya presentado en el plazo habilitado para ello, ni la modificación de las opciones
establecidas en el apartado 1 de la solicitud de participación.
Si el aspirante no subsana el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, se le
tendrá por desistido de su petición y se le excluirá definitivamente del proceso selectivo.
Con el trámite de subsanación al que se hace alusión en esta base se dará por cumplido el trámite de subsanación y mejora de solicitud al que hace alusión el artículo 68.1 y 68.4
de la Ley 39/2015.
Madrid, a 23 de octubre de 2023.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel
José Zurita Becerril.
(03/17.876/23)
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ISSN 1989-4791