C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231101-3)
Convenio colectivo –  Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial 2023 del convenio colectivo de la Empresa Museo Nacional del Prado, suscrito por la Comisión Negociadora (código número 28002932011986)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 16

MIÉRCOLES 1 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 260

ACUERDO ENTRE LA DIRECCIÓN Y EL COMITÉ DE EMPRESA DEL ORGANISMO PÚBLICO
MUSEO NACIONAL DEL PRADO, DE 11 DE OCTUBRE DE 2023
En representación de la Administración
Marina Chinchilla Gómez (Directora Adjunta de Administración)
Jaime Puchol Aiguabella (Coordinador General de Recursos Humanos)
Carlos Pérez Moreno (Jefe de Área de Recursos Humanos)
Álvaro de Navas Díaz (Jefe de Servicio de Gestión de Recursos Humanos)
Juan Vilaplana López (Jefe de Servicio de Planificación de Recursos Humanos)
En representación de los trabajadores
Carlos Brevia Requena (Miembro del Comité de Empresa por CCOO)
Miguel Jiménez Parrrilla (Miembro del Comité de Empresa por CSIF)
Remedios Sanguino López (Miembro del Comité de Empresa por UGT)
Matilde Núñez González (Miembro del Comité de Empresa por PROGRESA)
Reunida la representación de la Dirección y los representantes de las secciones sindicales
integrantes del Comité de Empresa del Organismo Público Museo Nacional del Prado, acuerdan:
Aprobar la aplicación concreta del incremento adicional del 0,5% de la Masa Salarial autorizado en
Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se
publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de octubre de 2023, por el que se aprueba el
incremento del 0,5 por ciento en las retribuciones del personal al servicio del sector público en
aplicación de lo previsto en el artículo 19. Dos.2.a) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023
La distribución del incremento adicional se realiza en los mismos términos que el incremento del
2,5% establecido en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de PGE para el año 2023, acordado con
fecha 8 de febrero de 2023.
El incremento se distribuye en los conceptos retributivos que figuran a continuación, en los
porcentajes que se especifican:

CONCEPTO MASA SALARIAL

% Incremento
LPGE
2023

% Incremento
Adicional 2023

% Incremento
Total 2023

Sueldo

2,5%

0,5%

3%

Pagas Extraordinarias Sueldo

2,5%

0,5%

3%

Antigüedad

2,5%

0,5%

3%

Complemento de Puesto

2,5%

0,5%

3%

Complemento de Responsabilidad

2,5%

0,5%

3%

Complemento de Jornada Especial

2,5%

0,5%

3%

Complemento de Disponibilidad

2,5%

0,5%

3%

Complemento de Nocturnidad

2,5%

0,5%

3%

Complemento de Mayor Jornada

2,5%

0,5%

3%

Complemento de Carrera

2,5%

0,5%

3%

Complemento Variable

2,5%

0,5%

3%

Complemento Personal de Integración

2,5%

0,5%

3%

Complemento Especial Responsabilidad Sentencia

2,5%

0,5%

3%

Complementos

Horas extraordinarias

2,5%

0,5%

3%

Complemento Personal de Antigüedad

2,5%

0,5%

3%

Prestación de servicios en fin de semana

2,5%

0,5%

3%

Prestación de servicios en festivo

2,5%

0,5%

3%

Con este acuerdo se cierran los efectos económicos de la negociación colectiva para el ejercicio
2023 en lo relativo al incremento adicional de retribuciones.
De acuerdo con el último párrafo del apartado IV de la Resolución de 5 de octubre de 2023, de la
Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se dictan instrucciones sobre el pago al
personal del Sector Público Estatal del incremento retributivo adicional del 0,5 por ciento vinculado

BOCM-20231101-3

Art. 52 5º CC

Complemento Personal Transitorio