Perales de Tajuña (BOCM-20231031-45)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 259
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 31 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 911
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
45
PERALES DE TAJUÑA
OFERTAS DE EMPLEO
Por decreto de Alcaldía 656-2023, de 27 de octubre de 2023, se aprobaron las bases y
la convocatoria, del proceso para bolsa de trabajo del puesto de secretario-interventor en régimen de interinidad, del Ayuntamiento de Perales de Tajuña.
El texto íntegro de las bases que rigen la presente convocatoria quedara expuesto al público, a partir del día de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Perales de Tajuña:
https://www.ayto-peralestajuna.org/paginas/tramites-y-gestiones
BOCM-20231031-45
Las instancias requiriendo tomar parte en los procesos selectivos se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio.
La tasa a satisfacer por las personas aspirantes será conforme a la ordenanza fiscal reguladora de tasa por derechos de examen del Ayuntamiento de Perales de Tajuña.
Contra el decreto, que aprueba las bases y la convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la alcaldesa-presidenta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Perales de Tajuña, a 27 de octubre de 2023.—El secretario-interventor, Gonzalo Palacio Sánchez.
(02/18.138/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 259
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
45
PERALES DE TAJUÑA
OFERTAS DE EMPLEO
Por decreto de Alcaldía 656-2023, de 27 de octubre de 2023, se aprobaron las bases y
la convocatoria, del proceso para bolsa de trabajo del puesto de secretario-interventor en régimen de interinidad, del Ayuntamiento de Perales de Tajuña.
El texto íntegro de las bases que rigen la presente convocatoria quedara expuesto al público, a partir del día de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Perales de Tajuña:
https://www.ayto-peralestajuna.org/paginas/tramites-y-gestiones
BOCM-20231031-45
Las instancias requiriendo tomar parte en los procesos selectivos se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio.
La tasa a satisfacer por las personas aspirantes será conforme a la ordenanza fiscal reguladora de tasa por derechos de examen del Ayuntamiento de Perales de Tajuña.
Contra el decreto, que aprueba las bases y la convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la alcaldesa-presidenta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Perales de Tajuña, a 27 de octubre de 2023.—El secretario-interventor, Gonzalo Palacio Sánchez.
(02/18.138/23)
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