B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN - AGENCIA PARA LA ADMINISTRACIÓN DIGITAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM-20231031-6)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución 598/2023, de 23 de octubre, de la Consejera Delegada de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo para la selección de personal laboral ordinario indefinido (laboral fijo), de funciones profesionales del área de actividad funcional Informática y Técnica y del área de actividad funcional de Servicios en turno libre
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 259

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 31 DE OCTUBRE DE 2023

Pág. 41

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Digitalización
AGENCIA PARA LA ADMINISTRACIÓN DIGITAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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RESOLUCIÓN 598/20231, de 23 de octubre, de la Consejera Delegada de la
Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, por la que
se convoca proceso selectivo para la selección de personal laboral ordinario indefinido (laboral fijo), de funciones profesionales del área de actividad funcional Informática y Técnica y del área de actividad funcional de Servicios en turno libre.

La Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid (en adelante,
la Agencia), configurada según lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 7/2005, de 23 de diciembre de Medidas Fiscales y Administrativas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 311, de 30 de diciembre) conforme a la modificación establecida por la
Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad
Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid ejerce sus
funciones, en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos y se encuentra adscrita a la Consejería de Digitalización.
En el apartado Tres de dicho artículo 10 y en los apartados 4 y 5 de la disposición adicional primera de dicha Ley, se establecen las competencias y funciones de la Agencia y de
sus Órganos de gobierno, estableciéndose, en el apartado Dos su ámbito de actuación, en el
apartado 4 de dicho artículo el régimen jurídico general de la misma y, en el apartado 14,
el específico de personal.

La Agencia necesita, para el adecuado cumplimiento de sus fines, objetivos, funciones y
competencias que tiene encomendadas, incorporar determinado personal en los puestos que,
en número, funciones profesionales y modalidades, se especifican en la presente Resolución,
al amparo del Decreto 123/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2020 (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 317), del Decreto 241/2021, de 22 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la
Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 309),
del Decreto 30/2022, de 25 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la
oferta de empleo público de personal de Administración y Servicios de la Comunidad de
Madrid para el año 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 127)
y del Decreto 53/2023, de 17 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la
Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2023 (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 118).
La Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de
las infraestructuras críticas, define servicio esencial en su artículo 2 apartado a), como “el
servicio necesario para el mantenimiento de las funciones sociales básicas, la salud, la se1

La fecha de la Resolución es la de su aprobación, mediante firma electrónica, del órgano convocante.

BOCM-20231031-6

En concreto, la Agencia ostenta plena autonomía financiera y de gestión, y sus funciones y ámbito de actuación se establecen en los apartados dos y tres del precitado artículo de
su norma de creación, así como en los apartados 4 y 5 de la disposición adicional primera
de dicha Ley 7/2005, de 23 de diciembre. Entre sus responsabilidades se encuentra, particularmente, la prestación de los servicios informáticos y de comunicaciones a la Administración General de la Comunidad de Madrid y a sus Organismos Autónomos, así como la
adquisición, puesta en producción y garantía de la operatividad y mantenimiento del equipamiento necesario a tal fin ( información complementaria disponible en el texto legal referido y en https://www.comunidad.madrid/servicios/sede-electronica/madrid-digital ).